El Ayuntamiento flexibiliza la normativa urbanística municipal

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para que las empresas ubicadas en el polígono industrial Saprelorca puedan ampliar sus instalaciones

El Ayuntamiento flexibiliza la normativa urbanística municipal

Satur Martínez: "se trata de profundizar en la iniciativa del Alcalde de poner el Urbanismo al servicio de las personas, que en este caso se traduce en permitir a los emprendedores e inversores mejorar sus infraestructuras".

La Concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Lorca, Mª Saturnina Martínez, ha informado que el Consistorio Municipal, siguiendo las instrucciones realizadas por parte del Alcalde, Fulgencio Gil, ha aprobado una modificación de la normativa municipal para flexibilizar las condiciones establecidas para que las empresas ubicadas en el polígono Saprelorca puedan ampliar sus instalaciones.

Satur Martínez ha explicado que esta medida se enmarca dentro del objetivo del Primer Edil para poner el Urbanismo al servicio de las personas, permitiendo en este caso el crecimiento y desarrollo de las actividades industriales radicadas en nuestra ciudad. Para ello la Junta de Gobierno ha redactado y aprobado una modificación no Estructural del Plan General relativa en relación a la regulación de la ubicación de los elementos auxiliares de este tipo de infraestructuras.

La Edil de Urbanismo ha manifestado que la modificación propuesta tiene por objeto la regulación de la ubicación de los elementos auxiliares, tales como centros de trasformación, instalaciones de protección de incendios… y elementos análogos que no siendo parte del proceso productivo, son necesarios para el correcto funcionamiento operativo y normativo de las diferentes industrias que componen el Polígono Industrial. Esta modificación flexibiliza las condiciones de los espacios de retranqueo, sin afectar los demás parámetros que se recogen en el instrumento de planeamiento aprobado. El ámbito de la modificación está clasificado por el Plan General suelo urbano consolidado.

La Concejal de Urbanismo ha anticipado que en el apartado de composición de las parcelas industriales se añade un nuevo concepto incluyendo como elementos auxiliares los relativos a control de accesos a las parcelas, suministro de servicios (centros de reparto y/o transformación, estaciones de regulación y medida de gas (ERM) y depósitos de combustible), así como la dotación de los elementos de seguridad ambiental: sistemas de tratamiento y depuración de agua y emisiones a la atmósfera y recintos de almacenamiento de residuos; todo ello en cumplimiento de las normas sectoriales de aplicación.

Se contemplan como tales, además, los necesarios para la dotación de los elementos de protección contra incendios (depósitos de reserva de agua, caseta de equipos de presión y bombeo y almacenamiento de equipos auxiliares (extintores, monitores de agua, equipos de espumógeno y análogos).

La calificación de los retranqueos también se hace más flexible, incorporando la regulación de los aparcamientos abiertos. Así, a partir de ahora, los retranqueos se medirán desde el límite de las parcelas. En todos los casos el mínimo a viales será de 5 metros y a linderos de 4 metros. Los bloques representativos se separarán como mínimo 10 metros de las fachadas. Los elementos auxiliares podrán instalarse en el área de retranqueo, pudiendo ocupar como máximo un 10% de la superficie de la misma; siempre y cuando se garantice de forma general el paso de vehículos y servicios de emergencia; que no se ponga en peligro las instalaciones colindantes ni se dañe la imagen del polígono industrial. Los aparcamientos cubiertos abiertos por al menos tres de sus lados podrán situarse en el área de retranqueo. El espacio de retranqueo posterior de varias parcelas situadas más al noroeste del polígono, se destinará a espacios libres y ajardinados, libres de edificación.

El próximo paso en este sentido es proceder la apertura del proceso de información pública mediante publicación en el BORM y en la sede electrónica del Ayuntamiento. Cabe recordar que el marco normativo de este polígono industrial está determinado por la aprobación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 1990 del Plan Parcial denominado Actuación Industrial Ampliación Lorca, promovido por la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo (SEPES). Este texto fue revisado en 2004, y en octubre de 2007 se modificaron sus ordenanzas reguladoras.

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