Aprobada la adenda a las condiciones de utilización del Estadio Enrique Roca

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El Ayuntamiento de Murcia asume los gastos de agua y ahora también de energía eléctrica una vez que el Real Murcia ha presentado la documentación requerida

Aprobada la adenda a las condiciones de utilización del Estadio Enrique Roca

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia ha dado luz verde a la adenda a las condiciones de utilización del Estadio Enrique Roca. En concreto se han aprobado modificaciones  en las cláusulas 3.2 y 5 del acuerdo.

El Ayuntamiento de Murcia asume la obligación de abonar los importes correspondientes a los gastos de agua y energía eléctrica derivados del normal uso de la instalación para fines exclusivamente deportivos considerando tales los entrenamientos, competiciones oficiales y partidos amistosos que realice el primer equipo del Real Murcia y las actividades deportivas de entrenamientos que realice con sus bases, así como los que se derivan de las dependencias administrativas (oficinas) necesarias para el desarrollo de la actividad del Club y de los usos de museo, gimnasio o clínica deportiva.

En relación con los gastos de energía eléctrica el Real Murcia C.F. S.A.D. ha aportado en julio de 2021 la documentación necesaria para la tramitación del cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento por lo que, a partir de dicha fecha, el Consistorio murciano asume los gastos de energía eléctrica y el mantenimiento técnico legal de las instalaciones del edificio previstas en el apartado 3.2.

Cualquier otro uso distinto de los enunciados anteriormente estará sujeto al previo abono, por el promotor u organizador de la actividad o evento, de los gastos que se deriven del consumo de energía eléctrica o agua, estimados por los servicios municipales competentes.

Asimismo, el Real Murcia C.F. presentará semestralmente una propuesta de eventos tanto deportivos como no deportivos para conocimiento y programación por parte del Ayuntamiento de Murcia. El primer semestre de septiembre a enero se comunicará antes del 30 de julio de cada año. El segundo semestre de febrero a agosto se presentará antes del 30 de diciembre de cada año. La programación se acreditará acompañando precontrato o documento suficiente entre las partes que avale su realización. No obstante, los eventos que se propongan quedarán sujetos a la autorización y visto bueno de la Comisión Técnica  y, en ningún caso, podrá procederse a la venta de entradas, de forma anticipada, sin que se haya aprobado y notificado dicha autorización.

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