Auto Comunicación art. 5.3 Ley Concursal Polaris

Fuente:

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia ha dictado hoy, 29 de diciembre, auto en el que acuerda tener por presentada la comunicación “de estado de insolvencia actual” y “el inicio de negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio ” de las mercantiles El Valle Golf Resort S.L., Polaris World Sports Centre S.L., Polaris Desarrollo S.L., Hacienda Riquelme S.L., Polaris World Development S.L., Polaris World Alquiler De Maquinaria Industrial S.L., Polaris World Hormigones S.L, Polaris World Real Estate S.L., Hacienda Verde S.L., Nicklaus Golf Trail S.L., Mar Menor Golf Hotel S.L., La Torre Polaris Hotel S.L., Centro Comercial El Oasis de Alhama S.L., Oasis Polaris Ciudad S.L., Alhama Golf Resort S.L.

Según continúa diciendo la parte dispositiva del auto, “transcurridos tres meses a contar desde el 22 de diciembre de 2009, fecha de dicha comunicación al juzgado, el deudor, haya o no alcanzado las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente”.

“Las solicitudes de concurso que se presenten por los acreedores con posterioridad a la fecha indicada de dicha comunicación, sólo se proveerán cuando haya vencido el plazo de un mes previsto en el citado artículo 5.3 Ley Concursal, si el deudor no hubiera presentado la solicitud de concurso. Si el deudor presenta solicitud de concurso en el citado plazo se tramitará en primer lugar conforme al artículo 14. Declarado el concurso, las solicitudes presentadas previamente y las que se presenten con posterioridad se unirán a los autos, teniendo por comparecidos a los solicitantes”, concluye la resolución.

Auto Comunicación art. 5.3 Ley Concursal Polaris, Foto 1
Murcia.com