CCOO denuncia la no sustitución del personal de administración y servicios de los centros educativos

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En la Federación de Enseñanza de CCOO Región de Murcia venimos denunciando de manera reiterada la falta de personal de administración y servicios en los centros educativos.

Las deficiencias en las sustituciones del personal están ocasionando la reducción del personal de limpieza así como cierres de conserjerías y de oficinas en diversos institutos y otros centros educativos de la Región. Esta negligencia de la Dirección General de Recursos Humanos, responsable también de la provisión de los puestos de trabajo del personal de administración y servicios en los centros educativos, está causando no pocos problemas en la gestión diaria de los centros educativos, donde las quejas de equipos directivos,  asociaciones de padres y madres de alumnos se hacen notar cada día. Nadie entiende que una sustitución normal tarde en cubrirse, con suerte, más de un mes y que las vacantes no se cubran prácticamente nunca. Las tensiones entre equipos directivos, personal de servicios y padres y madres de alumnos se producen a diario, todos víctimas de la misma situación caótica generada por la decisión de base económica, reducir el gasto todo lo que se puede y más aún, del inefable Ramírez Burgos y de sus pares en la Dirección General de Función Pública .

La excusa legal para este desquiciamiento que tan gravemente perjudica la capacidad de trabajo de los centros educativos trae causa en la modificación que unilateralmente realizó la Administración regional en la consideración que se nos daba de atención directa al personal de administración y servicios de los centros educativos.

Así, en la Ley 8/2008 de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2009 (suplemento BORM nº 301 del 30-12-2008) en el artículo 33 punto 2 se decía:

“ No obstante lo anterior, no se precisará dicha autorización en los siguientes supuestos:

b) El personal docente de al Consejería competente en materia de Educación, así como el personal no docente para prestar servicios única y exclusivamente en centros educativos”.

Posteriormente la Ley 4/2010, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 (BORM  nº 301 del viernes 31 de diciembre de 2010), en el artículo 33, punto 2 dice:

“Durante el año 2011 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos, en el ámbito del sector público regional, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.

No  obstante  lo  anterior, no se precisará dicha autorización  en  lo  siguientes supuestos:

a) El personal sanitario y asistencial que preste servicios en centros dependientes del Instituto Murciano de Acción Social.

b) El personal docente de al Consejería competente en materia de Educación.

c) Es personal sanitario que preste servicios en instituciones dependientes del Servicio Murciano de Salud, así como el personal no sanitario para prestar servicios única y exclusivamente en centros de atención primaria y especializada”.

La Administración Regional suprime a partir de esta Ley de presupuestos, la autorización de sustituir con carácter urgente al personal de servicios educativos complementarios que presta sus servicios en centros educativos y nos somete a la necesidad de autorización previa de la Consejería de Hacienda. Para ellos ya no somos imprescindibles. Con este cambio de criterio se deteriora a los centros educativos (lo que posiblemente sea el objetivo real y único de esta decisión) y se produce un ahorro económico sobre la base de un peor servicio a la ciudadanía usuaria del sistema educativo.

La Federación e Enseñanza ante esta situación exige la vuelta a la consideración legal anterior, y entre tanto que se dé de manera urgente y sistemática la autorización que la norma prevé. 

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