El Ejecutivo aprueba el Anteproyecto de Ley de Accesibilidad de la Región de Murcia

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El Ejecutivo aprueba el Anteproyecto de Ley de Accesibilidad de la Región de Murcia

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Accesibilidad de la Región de Murcia, con el que se adapta la normativa existente en esta materia a las particularidades de esta Comunidad. De esta manera, se garantiza el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad en todo el ámbito territorial.

La finalidad es garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en todos los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, particularmente edificaciones y espacios públicos urbanizados, así como en el ámbito del transporte, de forma que puedan ser utilizados de forma autónoma en condiciones de igualdad y por cualquier persona.

Por ello, la ley introduce el concepto de 'diseño para todos' y considera la accesibilidad universal como condición que deben cumplir los entornos, productos y servicios para que sean comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas.

El texto recoge el ámbito de aplicación y los principios generales previstos en la normativa estatal en esta materia, así como diversas medidas contra la discriminación, y para impulsar la acción positiva, el fomento y la defensa de la accesibilidad, además de la creación de un órgano consultivo y de participación.

La nueva norma abarcará la accesibilidad universal en todos los ámbitos de actuación, con un contenido lo suficientemente amplio para que pueda englobar todos las esferas.

Así, abarcará las edificaciones y espacios públicos urbanizados, los transportes, los bienes y servicios a disposición del público y las relaciones con las Administraciones públicas. Igualmente, se aplicará en materia de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, universidades, sistema educativo y formación y empleo.

El texto prevé que cada uno de los centros directivos competentes por razón de la materia procedan al desarrollo reglamentario de su contenido, con el grado de detalle técnico que sea necesario, de manera que cualquier cambio posterior se realice mediante la modificación del texto reglamentario, cuyo procedimiento es mucho más sencillo.

En su elaboración han participado activamente los distintos sectores implicados y las asociaciones de personas con discapacidad, en especial la Comisión de Accesibilidad del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

La principal innovación de esta Ley, en relación con las actuales normativas vigentes, se encuentra en su estructuración, ya que se dedican dos títulos diferenciados a una regulación más específica de la accesibilidad a edificaciones, infraestructuras y espacios públicos urbanizados (Título II) y accesibilidad en el transporte (Título III), que coinciden con los dos grandes ámbitos competenciales de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

Además, tiene tres títulos más, cinco en total, dos disposiciones adicionales, dos transitorias, una disposición derogatoria y dos finales.

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