Principales novedades en Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

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Principales novedades en Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

El Pleno aprobaba esta semana la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con el objetivo de adaptar la ordenanza a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley.

Con esta nueva norma se pretende reflejar la realidad del mercado inmobiliario del momento, eliminando así cualquier intención especulativa; además- señalaba el edil de Hacienda, José Manuel Galvez, los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta del inmueble estarán exentos de pagar el impuesto.

Entre las principales novedades destacan:

Las operaciones donde no haya aumento de valor no estarán sujetas a tributación por lo que ningún contribuyente pagará el impuesto si no obtiene beneficio.

Se establecen dos opciones para determinar la cuota tributaria (sistema objetivo y sistema real). Se aplicará la más beneficiosa para el contribuyente.

Las plusvalías generadas en menos de un año, que son aquellas que pueden tener un mayor carácter especulativo, también tendrán que tributar si se produce un aumento de valor.

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