Un año y nueve meses de prisión para una paciente por agredir a una médico del Servicio Murciano de Salud

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El juzgado de lo Penal número 3 de Cartagena ha dictado sentencia firme por un delito de atentado y de lesiones

La Consejería de Sanidad y Consumo informa de que el juzgado de lo Penal número 3 de Cartagena ha condenado a una paciente a un año y nueve meses de prisión al reconocerla “autora de un delito por atentado y otro de lesiones” por agredir y amenazar a una médico en un centro de salud de la Región en el año 2006.

La acusada, que reconoció ser autora de tales delitos, se conformó con la pena pedida por el Ministerio Fiscal y además debe indemnizar al Servicio Murciano de Salud (SMS) con 35.794 euros por los gastos de sustitución de la facultativa, más los costes derivados del juicio.

El director general de Recursos Humanos del SMS, Pablo Alarcón, destacó la importancia de esta sentencia, “ya que el tribunal reconoce como atentado contra un funcionario público la agresión a una doctora durante su jornada laboral”.

“Desde la Consejería se realiza un gran esfuerzo para evitar los ataques al personal sanitario así como procurar que se persiga a los infractores”, aseguró Alarcón. Asimismo, explicó que el Plan de Prevención de Agresiones a los Profesionales de la Sanidad de la Región es una “herramienta fundamental” para adoptar medidas que incrementen la seguridad de estos trabajadores.

Otros delitos de atentado

El director general recordó que en la Región se han dictado tres sentencias que reconocen como atentado contra un funcionario público la agresión a profesionales sanitarios. Dos se fallaron a favor de un médico y dos enfermeras y una tercera, la más reciente, a favor de una auxiliar a la que se consideró sujeto pasivo de un delito de atentado.

El artículo 550 del Código Penal considera responsables de este tipo de delitos a aquellos que atenten contra “la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.

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