El viernes finaliza el plazo para solicitar instalaciones en la Fiesta de la Cruz de Mayo

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Las actividades se desarrollarán del 5 al 7 de mayo y en ella podrán participar asociaciones, entidades sin ánimo de lurco y establecimientos hosteleros

El viernes finaliza el plazo para solicitar instalaciones en la Fiesta de la Cruz de Mayo

Con motivo de la celebración de las Fiesta de la Cruz de Mayo en Cartagena, que tendrá lugar los días 5, 6 y 7 de mayo, la Concejalía de Festejos ha abierto, hasta el día 28 de abril, el plazo para la presentación de solicitudes por parte de las asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro, que estén interesados en participar en esta tradicional festividad.

Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, especificando la entidad organizadora y el proyecto de actividades a realizar, que debe incluir el lugar, horario y contenidos, así como la infraestructura municipal necesaria para su desarrollo.

Las asociaciones presentarán sus solicitudes y proyectos a realizar con tal motivo, especificando los siguientes datos:

Entidad organizadora:

Proyecto de actividades a realizar, con especificación de lugar propuesto, horarios y contenidos, así como la infraestructura municipal necesaria para su posible desarrollo.

El horario se adaptará siempre a esta franja:

Viernes 5 de mayo a partir de las 13:00 horas y hasta la 01:00 hora del 6 de mayo

Sábado día 6 entre las 13:00:00 hasta la 01:00 hora del domingo 7 de mayo

Domingo día 7 desde  las 13:00 a las 21:00 horas

Entre las 16:00 horas y 18 horas la música será de tipo ambiental si bien se recomienda evitarla.

Vistos los proyectos solicitados a partir de esta convocatoria se indicará aquellos pormenores referentes a contenidos factibles de realización y aquellos que puedan presentar problemas.

En todo caso:

A) los organizadores desarrollarán actividades propias de la temática de la fiesta, quedando excluidos los programas quienes lo planteen de otra forma, por tanto se pormenorizarán horarios y actividades.

B) Si se tuviera pretensión de incluir en los eventos dispensación de bebidas o alimentos  en cada recinto festero, se aportará con el proyecto la identificación de todos y cada uno de las personas que intervienen en ello y su preceptiva capacitación legal para realizarlo (certificaciones de instalación, documentación individual para manipulación de alimentos, altas en la seguridad social)

C) igualmente se habrá de disponer, como en cualquier evento o festejos, de seguro de responsabilidad que cubra todas las contingencias de responsabilidad civil y/o daños en el entorno por causa de esta actividad.

D) Se propone a establecimientos hosteleros, en normal funcionamiento de actividad, que se adhieran estéticamente a este centro de interés, con tradición cartagenera, mediante el engalane o tematización de sus locales, pudiendo compartir el anterior horario indicado.

Para ello ejercerán su actividad en los términos que legalmente la vienen desempeñando de acuerdo con la licencia que para ello dispongan, otorgada por el órgano competente, y en el emplazamiento que normalmente tienen asignado en terraza y de acuerdo con los horarios anteriormente citados o los que la normativa de cierre les contemple en su caso.

Si se contemplara montar barras, se hará en el espacio de la fachada del local exclusivamente, sin posibilidad de ampliarlo.

En las calles del centro, dada la limitación de espacio y previsible aglomeración, las barras que potencialmente pudieran instalarse lo harán en un solo sentido de la calle (Honda, Aire, etc.)

La música ambiental se habrá de instalar de forma centralizada y limitada, común a los establecimientos.

Acompañarán la documentación necesaria: proyecto, programa, certificados de inspecciones técnicas, seguros, etc. Necesarios para la actividad.

Las instalaciones provisionales de barras etc. se desmontarán a la 01:00 hora para facilitar en este horario las tareas de limpieza y propiciar el descanso vecinal.

Se realizará un seguimiento del cumplimiento de estas pautas cesando inmediatamente la actividad si no se ajustara a este formato o por causas de volumen de música y a instancias de policía local se constatara que causa molestias o genera problemas de orden público.

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