El Tribunal Supremo condena por estafa a un abogado y critica a la Audiencia que le absolvió

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Murcia, 6 nov (EFE).- El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia a la que sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha condenado a nueve meses de prisión por estafa a un abogado y ha criticado la sentencia de sección segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, que le absolvió.

El Alto Tribunal indica que el letrado, J.G., suplantó a los propietarios de una finca ubicada en Cieza y procedió a su venta sin contar con autorización alguna, por la que percibió 24.000 euros de los 48.000 euros en que había ajustado el precio.

Añade que en el comportamiento del letrado concurren todos los requisitos que se exigen para considerar que se ha cometido este delito, "incluido el de ánimo de lucro, que la Audiencia ha querido excluir o no ha querido ver".

Señala asimismo que "la devolución de lo apropiado se produce sólo después de ser descubierto o denunciado; antes no existe ningún principio de prueba o dato que indique lo contrario".

Según el Tribunal Supremo, la sentencia de la Audiencia de Murcia, que absolvió al abogado al entender que cometió esta acción movido "por la precaria situación económica en que se encontraba" y que no tuvo intención de apoderarse del dinero, "silencia que la devolución se produjo dos años después de haberlo percibido".

El TS ha estimado el recurso presentado por el fiscal y, parcialmente, el presentado por los propietarios de la finca y ha sustituido la absolución por una condena de nueve meses de prisión por un delito de estafa con la atenuante de la reparación del daño causado.

Asimismo, e inhabilita para ejercer la profesión de abogado durante el tiempo de la condena y le impone el pago de las costas de instancia, incluidas las de la acusación particular.

La ejecución de la condena ha sido suspendida por la Audiencia al haber solicitado el acusado un indulto al Gobierno, al que se ha opuesto la acusación particular.

Este abogado será juzgado de nuevo en los próximos días acusado por el fiscal de un delito de falsedad en concurrencia con otro de apropiación indebida por el que pide tres años de prisión.

En este caso se le acusa de transferir a su padre, en mayo de 2004, el vehículo que le había dejado un amigo y que está evaluado en 18.500 euros. EFE

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