El Ayuntamiento anuncia el cobro en periodo voluntario de diversos recibos municipales de 2024

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El Ayuntamiento anuncia el cobro en periodo voluntario de diversos recibos municipales de 2024

Fuentes municipales del Ayuntamiento de Cieza informan de que el BORM ha publicado este fin de semana los días hábiles en los que estarán puestos al cobro en periodo voluntario los recibos del ejercicio 2024 correspondientes a diversos ámbitos.

- O.V. Puestos (mercado semanal), 1.er trimestre, del 1 de febrero al 1 de abril.

- O.V. Puestos (mercado semanal), 2.º trimestre, del 1 de mayo al 1 de julio.

- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, del 1 de marzo al 6 de mayo.

- Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana), del 1 de abril al 5 de junio.

- Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana) 1.er plazo de 2, recibos domiciliados. Se cargarán en cuenta entre el 1 y el 5 de abril.

- Recogida domiciliaria de basuras, del 1 de mayo al 5 de julio.

Los contribuyentes afectados, podrán realizar el ingreso de sus cuotas con los recibos remitidos en las entidades colaboradoras Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, Cajamar, Banco de Sabadell, Caixabank y Banco Santander; mediante tarjeta en el portal web del Ayuntamiento "www.cieza.es" (apartado "PAGOonline") y en su sede electrónica "https://cieza.sedipualba.es" (apartado "Trámites destacados>Pago de tributos municipales online"); o hacer uso de la domiciliación de pagos a través de entidades de crédito, conforme preceptúa el artículo 25 del Reglamento General de Recaudación.

En caso de no recibir el impreso para poder efectuar el ingreso, se podrá solicitar un duplicado en el Departamento de Gestión de Recursos, sito en c/ Paseo, 2, o a través del correo autoliquidaciones@cieza.es, antes de finalizar el periodo voluntario.

Transcurrido el plazo indicado se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria, intereses de demora y costas del procedimiento.

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