Normas:
1º.- Se harán en lugar seguro, sin edificios cerca. La pila de materiales a quemar no deberá sobrepasar la altura de 2 metros y un diámetro de 4 metros si se ubica a menos de 100 metros de alguna edificación, ni de 3 metros en ningún otro caso.
2º.- La pila de materiales no deberá estar compuesta por materiales inflamables ni explosivos, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya combustión pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, electrodomésticos, espráis, plásticos, gomaespumas, etc.).
3º.- La hoguera deberá situarse a una distancia mínima de 20 metros de cualquier construcción, carretera, tendido eléctrico, telefónico, árboles, vehículos, etc.
4º.- Las hogueras podrán ser prendidas desde las 18:00 horas del día 17 hasta las 01:00 horas del día 18.
6º.- La persona responsable de la hoguera deberá garantizar que, tras la hoguera, al día siguiente todo queda en condiciones de limpieza y orden.
7º.- La Policía Local vigilará el estricto cumplimiento de estas disposiciones, pudiendo en caso de infracción o cualquier peligro, incluido el meteorológico, prohibir el encendido u ordenar la extinción inmediata de la hoguera.
8º.- Que ante cualquier incidente o emergencia se deberá utilizar el teléfono genérico de Emergencias (112), Policía Local de Cieza (968-760805).
9º.- El incumplimiento de lo dispuesto dará lugar a las preceptivas sanciones.
