Los contribuyentes murcianos pueden deducirse los gastos de material escolar y de guardería en su IRPF

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Los contribuyentes murcianos pueden deducirse los gastos de material escolar y de guardería en su IRPF

La vuelta al cole conlleva una serie de gastos para las familias; sin embargo, hay que saber que existen deducciones aplicables en el IRPF, según AEDAF, la Asociación Española de Asesores Fiscales.

En Murcia existe una deducción por gastos de guardería del 20% de las cantidades satisfechas, por gastos educativos hasta los 1.000 euros por hijo o descendiente.

Requisitos para aplicar la deducción:

La base de deducción comprende los conceptos de custodia, incluidas las cantidades satisfechas por la preinscripción y matrícula, alimentación y adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar y se minorará en el importe de las becas y ayudas obtenidas de cualquier Administración Pública que cubren los gastos citados.

Se exige que la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere 30.000 € en declaraciones individuales y 50.000 € en declaraciones conjuntas.

También es posible deducir los gastos de material escolar y libros de texto hasta los 120 euros por cada hijo.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción:

Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, suma de las casillas 415 y 435 de las páginas 13 y 14 de la declaración, no supere las 20.000 euros en tributación individual • 40.000 euros en tributación conjunta.

La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material escolar. Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación del beneficio fiscal, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

Para la aplicación de la presente deducción, sólo se tendrán en cuenta aquellos descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en el artículo 58 de la Ley del IRPF:

El importe de la deducción deberá minorarse, por cada descendiente, en la cantidad correspondiente a las becas y ayudas obtenidas en el período impositivo procedentes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o de cualquier otra Administración Pública, que cubra la totalidad o parte de los gastos por adquisición de material escolar o libros de texto.

Por último, existe también una deducción por gastos de conciliación del 20% por cotizaciones a la Seguridad Social de personas contratadas para el cuidado de los hijos menores de 12 años con un límite de 400 € anuales.

Requisitos:

Que el contribuyente este dado de alta en la Seguridad Social como empleador titular de un hogar familiar y tenga contratada y cotice por una o varias personas por el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social durante el periodo en que se pretenda aplicar la deducción.

Que la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no supere los 34.000 euros, en la unidad familiar.

Que el titular del hogar familiar y, en su caso, su cónyuge o pareja de hecho, sean madres o padres de hijos que formen parte de la unidad familiar y perciban rendimientos del trabajo o actividades económicas.

AEDAF

Fundada en 1967, la Asociación Española de Asesores Fiscales es una entidad que aporta valor a la sociedad y a los ciudadanos en su labor de asesoría y defensa del contribuyente, así como a las instituciones a través de su análisis y reflexión de las actuaciones públicas en materia fiscal, con el fin de mejorar el sistema tributario español. AEDAF es la mayor asociación de profesionales dedicados al asesoramiento tributario, agrupando en la actualidad a más de 3.300 abogados, economistas, licenciados en administración y dirección de empresas, y titulados mercantiles y empresariales.

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