Los Juzgados de Murcia perdonan 1.263.595,67 euros a un matrimonio aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad

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Los Juzgados de Murcia perdonan 1.263.595,67 euros a un matrimonio aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad permite lograr el perdón de las deudas siempre que el solicitante acredite ser un deudor de buena fe, independientemente de la cantidad que tuviera pendiente.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido este hito con la exoneración de la totalidad de las deudas de este matrimonio murciano, el cuál también tenía deudas con la Agencia Tributaria.

Se puede ser insolvente con un salario neto superior a los 2.000 euros

Lo primero que nos demuestra este caso es que la Ley de la Segunda Oportunidad no es solo para personas que carecen de ingresos o desempleados. En el presente caso estos vecinos de Alcantarilla, los cuales perciben entre los dos ingresos superiores a los 2.300 euros mensuales, son incapaces de afrontar todo lo que adeudan.

Este sobreendeudamiento tuvo origen en los años inmediatamente posteriores a la crisis de 2008, cuando se vieron obligados a cerrar su negocio. Tras esto llegó una larga etapa de desempleo y desánimo que los obligaron a solicitar nuevos créditos para intentar atender los que ya venían arrastrando de su emprendimiento fallido.

Sus previsiones de reinventarse profesionalmente no se materializaron en el plazo esperado, lo que les obligó a impagar todo en 2010. Esto desencadenó en embargos sobre cuentas bancarias, vehículos y hasta sobre su casa, la cual tuvieron que entregar tras un procedimiento de Ejecución Hipotecaria.

En 2021, tras trabajar dos años por cuenta ajena de forma estable por fin, se decidieron a investigar si existía alguna forma de renegociar todas las deudas para olvidar el desastre económico que aún les tenía embargados. En esta búsqueda, dieron con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en la llamada "Ley de la Segunda Oportunidad". Tras el estudio del caso, los letrados comprobaron que cumplía todos los requisitos necesarios y aconsejaron al deudor declararse insolvente.

La mayor preocupación del matrimonio era saber si podía acogerse al procedimiento debido a los altos ingresos que tenía. Fran Bautista, abogado de la Asociación, ha explicado este matiz a este diario con las siguientes palabras: "Los ingresos no deben valorarse aisladamente. Cada caso es un mundo. Concretamente, en este, las cuotas de los préstamos eran del todo inasumibles teniendo en cuenta los gastos esenciales familiares que tiene el matrimonio. Por ello, objetivamente, podemos concluir que son insolventes y así lo ha entendido también Su Señoría".

Pasos que ha dado este deudor para quedar limpio de deudas

La primera actuación realizada por los abogados fue avisar de la insolvencia a los Juzgados de lo Mercantil n°1 de Murcia . Así, la pareja obtenía ya el primer beneficio del proceso: poder dejar de pagar todas las cuotas de los préstamos y suspender posibles embargos.

El segundo paso consistía en plantear una propuesta de acuerdo a todos los acreedores (bancos y entidades financieras). Se propuso una quita del 95% donde pagarían 554€ al mes durante 9 años, pero los acreedores lo consideraron un esfuerzo insuficiente. Sin embargo, el hecho de haber dejado constancia de su voluntad por escrito le daba la condición de "deudor de buena fe", algo vital en estos procesos.

El último paso era, tras constatar la imposibilidad de llegar a un acuerdo, presentar demanda de concurso de acreedores y solicitar el derecho del deudor a que se le perdonasen todas sus obligaciones de pago pendientes. Tal solicitud se hizo efectiva en el Juzgado de lo Mercantil n°1 de Murcia, quedando resuelta este mes de Enero.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad

Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor y que este sea considerado un deudor de buena fe.

Concretamente, el Juez y la Administración Concursal deben confirmar este último extremo atendiendo a algunos datos objetivos. Estos, según nos confirma Fran Bautista son: "que el deudor no tenga antecedentes penales económicos, no haya estado en concurso en los últimos 5 años ni exonerado en 10 y, por supuesto, cumplir con la condición de insolvencia.

Una vez comprobados estos presupuestos no había discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 1.263.595,67 euros de deuda.

Fueron 128 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, la que llevamos a cabo en todo 2022. Otras sentencias interesantes recientes son la conseguida el pasado 8 de marzo en Albacete, que cancela deudas de Derecho Público, o la lograda en Valencia el pasado 8 de febrero, que permite conservar la vivienda de los concursados también.

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