CONSUMUR considera que urge una revisión de la normativa para regular el sector de la construcción de piscinas privadas unifamiliares en la Región de Murcia

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La organización considera incoherente y preocupante la proliferación de piscinas teniendo en cuenta el nivel de sequía

CONSUMUR considera que urge una revisión de la normativa para regular el sector de la construcción de piscinas privadas unifamiliares en la Región de Murcia

La Asociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, ante la situación de sequía que atraviesa la Región de Murcia, muestra su preocupación, como así lo viene haciendo todos los veranos, por la falta de medidas contundentes que obliguen a la ciudadanía a adoptar hábitos más responsables, en cuanto al aprovechamientos de los recursos híbridos se refiere.

CONSUMUR no entiende cómo en una zona tan castigada como es la Región de Murcia, la más afectada por la escasez estructural de agua y con los niveles de embalse más bajos, proliferen sin control el número de piscinas de uso privado. Los últimos datos publicados, correspondientes al 2025, indican que el municipio de Murcia ocupa la cuarta posición en España, detrás de Madrid, Córdoba y Marbella, con 10.852 piscinas. Sólo en la Región de Murcia hay 56.999 piscinas, siendo el municipio de Cartagena, después del de Murcia, el que mayor número de piscinas tiene, 5315 (puesto 15 a nivel nacional), seguido de Molina del Segura, con 4.983, Mazarrón, con 3.954 y san Javier, con 2.427.

Para la organización, como así lo manifiesta su presidente, Roberto Barceló Vivancos, “es un contrasentido que seamos una de las regiones donde mayor número de piscinas particulares unifamiliares hay cuando nos encontramos en la zona geográfica donde mayor horas solares tiene al año y, además, con la media de temperaturas anuales más elevadas”.

Se hace necesario, y así lo viene solicitando CONSUMUR año tras año, que las Administraciones Públicas competentes establezcan medidas restrictivas en cuanto a su llenado y reutilización de agua.

En este sentido, cabe precisar que la Ley 6/2006, de 21 de julio, sobre incremento de las medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, regula, en su artículo 6, que las piscinas tanto públicas como privadas tienen prohibido el vaciado total del agua, y el parcial está sujeto a restricciones. No obstante, CONSUMUR considera necesario someter a una revisión exhaustiva esta normativa e introducir otras medidas más efectivas como la prohibición del primer llenado de piscinas privadas de nueva construcción en momentos de mayores niveles de sequía, como tienen establecido otras comunidades como Cataluña y Andalucía.

Esta medida sí tendría un efecto directo a nivel de construcción masiva de piscinas, dado que aunque sea competencia urbanística de los Ayuntamientos, esta regulación regional tendría un efecto disuasorio en la demanda (no tendría sentido construir una piscina si el primer llenado está prohibido).

Existe la tendencia a incluir las piscinas comunitarias en las nuevas edificaciones, encontrándonos además casos de piscinas unifamiliares en viviendas que también disponen de piscina comunitaria. En estos casos, la organización entiende que se debe hacer uso de las piscinas comunitarias, medida que supondría un gran ahorro de agua. No obstante, la principal recomendación de CONSUMUR es el uso de las piscinas públicas, dado que prácticamente la totalidad de los municipios y muchas pedanías disponen de ellas.

Así lo señala Barceló “somos el "desierto" de Europa junto a Almería, pero eso no parece ser suficiente motivo para que el agua, un bien público no particular, se utilice, en todo caso, como remarcamos, llegadas las fechas de verano, en piscinas públicas o privadas pero en urbanizaciones”

Mención especial hace el presidente de la organización a la proliferación de piscinas privadas unifamiliares en municipios costeros, “parece un contrasentido el que muchas viviendas particulares de costa, que se supone que la gente va a bañarse al mar, tenga su propia piscina particular en su vivienda. ¿Es atentar contra la propiedad privada o es intentar que los bienes públicos se gestionen de otro modo pensando en el bien común?”.

CONSUMUR lo tiene claro, las medidas de ahorro de agua no pueden tener carácter voluntario para la ciudadanía, hablamos de recursos híbridos, escasos, y por los que han de velar las administraciones competentes, imponiendo por ley restricciones obligatorias según el nivel de sequía. 

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