En España se formulan más de 10.000 denuncias diarias por exceso de velocidad, pero una parte importante no resiste el análisis judicial.
¿Por qué los jueces acaban anulando tantas sanciones? Cada día, miles de conductores españoles se enfrentan a sanciones por exceso de velocidad que llegan directamente a sus buzones.
Solo en 2024, la DGT (Dirección General de Tráfico) impuso más de 3,5 millones de multas.
Sin embargo, lo que muchos ciudadanos desconocen es que una parte importante de estas sanciones acaba siendo anulada por los tribunales, ya sea por defectos en la notificación, fallos de forma o por la incorrecta aplicación de los márgenes legales de los radares.
Detrás de esta realidad se esconden errores de forma, deficiencias técnicas en los radares o simplemente la falta de pruebas.
Así lo explican desde Pyramid Consulting, f irma especializada en la defensa de multas de tráfico, con más de tres décadas de experiencia en vía administrativa y judicial.
“No todas las multas están bien formuladas.
En muchos casos se vulneran los derechos del conductor, y eso permite que los jueces anulen la sanción”, explican desde el equipo jurídico de Pyramid Consulting.
Tecnología sin garantías: el talón de Aquiles de los radares Aunque los sistemas de control de velocidad han evolucionado, no son infalibles.
De hecho, el principal motivo por el que se ganan estos recursos en los juzgados es la incorrecta aplicación del margen de error del radar, una exigencia legal que muchas veces se incumple.
Según datos de Pyramid Consulting, en los últimos cinco años: • El 43 % de las sentencias estimadas se deben a errores en la medición de velocidad.
• El 15 % responde a la falta de control metrológico de la cabina que alberga el radar.
• Otro 17 % se gana porque no se aportan dos fotogramas en momentos distintos, como marca la normativa.
A esto se suman las fotografías poco nítidas o veladas (7 % de los casos), y las situaciones en las que no se acredita correctamente el límite específico de la vía (16 %), bien por señalización deficiente o por ausencia de pruebas.
Cuando la forma también importa En paralelo a los problemas técnicos, también se detectan fallos en la tramitación del expediente sancionador.
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común establece con claridad que un acto administrativo puede ser nulo o anulable si no cumple con los requisitos formales esenciales o si se prescinde del procedimiento legal.
“Nos encontramos con resoluciones sin motivación, notificaciones mal gestionadas o procedimientos viciados desde el inicio.
En todos estos casos, el recurso tiene posibilidades de prosperar”, así lo afirma Victor Martín, abogado de Pyramid Consulting.
Un sistema concentrado en pocos radares Pese al gran número de dispositivos activos en España, solo 50 radares concentran una tercera parte de todas las sanciones por velocidad.
El más activo está en Madrid, en el kilómetro 20 de la M-40, con más de 74.000 denuncias en un año, según datos de la DGT.
Le siguen dos radares en Málaga, uno en Navarra —con 60.000 multas— y otro en Cádiz —con más de 54.000—.
Andalucía lidera el ranking autonómico, aunque AEA recuerda que el 70 % de las víctimas mortales por accidente de tráfico se producen en carreteras secundarias, donde la presencia de radares es mínima. Recurrir con garantías Aunque muchos conductores desconocen sus derechos o prefieren pagar con descuento, lo cierto es que las estadísticas judiciales demuestran que recurrir puede ser efectivo, especialmente si se cuenta con asesoramiento legal especializado.
Pyramid Consulting, que tramita cada año miles de recursos de tráfico, recuerda que el análisis de cada caso permite detectar vulneraciones que el ciudadano no siempre identifica: “Una sanción injusta no debe asumirse sin más.
Hay argumentos legales sólidos que, bien planteados, permiten anular la multa.”
