Italia aprueba un censo obligatorio de radares que cuestiona la validez de sanciones

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Italia aprueba un censo obligatorio de radares que cuestiona la validez de sanciones

Con la entrada en vigor de la Ley n.° 105 de 2025, que convierte en norma el denominado "decreto de infraestructuras", Italia ha establecido la obligación para municipios, provincias y regiones de remitir al Ministerio de Infraestructuras y Transportes (MIT) un censo completo de los radares de velocidad instalados en el territorio nacional.

Este censo será requisito indispensable para mantener la validez de la actividad sancionadora y deberá incluir:

Localización del radar.

Modelo y marca del dispositivo.

Certificación de homologación o aprobación correspondiente.

La ausencia de comunicación tendrá efectos automáticos: el radar se considerará no idóneo para constatar infracciones y, en consecuencia, las sanciones derivadas de su uso quedarán anuladas.

Plataforma digital y plazos

La recopilación de los datos se realizará a través de una plataforma telemática del MIT, cuya activación será formalmente dispuesta mediante decreto directoral de la Dirección General de Tráfico italiana. Una vez publicado, las entidades locales dispondrán de 60 días de plazo para introducir la información solicitada.

En caso de incumplimiento, la normativa prevé la desactivación obligatoria de los radares no censados, una medida ya calificada de "paradójica" por asociaciones de consumidores.

Impacto en la jurisprudencia y confianza ciudadana

La reforma se enmarca en un contexto en el que numerosas sentencias del Tribunal de Casación han declarado nulas las multas impuestas con dispositivos sin homologación adecuada.

El censo representa una oportunidad para reorganizar de manera transparente el sistema de detección electrónica de infracciones al Código de Circulación, desincentivando prácticas arbitrarias y reforzando la eficacia disuasoria de los controles.

Un aspecto especialmente relevante es la posibilidad de que los ciudadanos accedan a una plataforma pública para verificar, uno por uno, tanto la ubicación de los radares como su estado de certificación y homologación.

En palabras de los expertos, los radares deben instalarse únicamente en tramos con alto nivel de peligrosidad, con la finalidad de proteger a los conductores y prevenir accidentes. Cuando se publica la localización exacta de cada dispositivo, la medida actúa como advertencia preventiva. Por el contrario, cuando esa información se oculta, se transmite la idea de que prima un enfoque recaudatorio.

Desde Pyramid Consulting, el abogado Andrea Gullo, del Departamento Jurídico, subraya: "La plena eficacia de la reforma dependerá de la adopción de disposiciones reglamentarias claras y de la definición de criterios técnicos homogéneos en materia de homologación. En ausencia de tales garantías, el riesgo es doble: por un lado, la ilegitimidad de las sanciones; y por otro, el abandono de la verdadera función preventiva de los radares".

Paralelismo con España

En España, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya ofrece en su página oficial un listado de equipos y tramos de vigilancia de velocidad, como medida de transparencia y prevención.

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