No llevar la baliza al alcance inmediato del conductor, podría ser sancionado con multa de hasta 100 euros; y no hacer uso de ella en caso de avería, accidente o detención inesperada, con 200 euros.
Los cursos de conducción segura ya son una realidad y permiten recuperar hasta 2 puntos por cada curso hasta un máximo de 15 puntos.
Madrid, 16 de diciembre de 2025.- En enero de 2026 entran en vigor varias normas de circulación y tráfico que pasan a ser obligatorias para todos los ciudadanos. En este sentido, Legálitas ha realizado un conglomerado de las dos principales novedades y de las que están pendientes de ser aprobadas.
La baliza V-16 obligatoria
Aunque existen muchas opiniones sobre su eficacia y utilidad, lo cierto es que la normativa establece el uso obligatorio de la baliza V-16 a partir del 1 de enero de 2026.
Se trata de un dispositivo de preseñalización de peligro que indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga se encuentra caída sobre la misma. Debe ser de color amarillo auto, se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado garantizado, así, su máxima visibilidad.
La normativa fija claramente las condiciones que deben cumplir y tienen que estar homologadas, pudiéndose comprobar si lo son en la página web de la DGT. Entre otras características se establece que la alimentación del dispositivo será autónoma a través de una pila o batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses. Se considerará que los dispositivos que utilicen una batería recargable y siempre que la carga de este se pueda realizar en el propio vehículo, cumplen con este requisito.
Deben comunicar, en todo caso, su activación, desactivación y geoposicionamiento, al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad.
El coste de las comunicaciones estará incluido en el precio de venta al público y éstas se garantizarán durante al menos 12 años.
El dispositivo incluirá en el interior de su carcasa todos los elementos necesarios para su operación, incluidos los de comunicaciones, sin depender en ningún caso de elementos externos como aplicaciones de teléfonos móviles u otros similares.
Atendiendo a la normativa existente, no llevar la baliza en el vehículo, al alcance inmediato del conductor, podría ser una infracción leve, sancionable con multa de hasta 100 euros; pero, no hacer uso de esta en caso de avería, accidente o detención inesperada, podría ser considerada una infracción grave, cuya sanción alcanzaría los 200 euros.
Los cursos de conducción segura ya son una realidad y permiten recuperar puntos
Aunque la normativa ya había aprobado este tipo de cursos de conducción segura, realmente, será en 2026 cuando tengan su mayor provecho. Si bien todavía son pocas las autoescuelas autorizadas y capacitadas para realizar estos cursos, lo cierto es que ya se pueden realizar y obtener los correspondientes puntos que otorgan.
Existen dos tipos de cursos de conducción segura y eficiente:
Cursos de conducción segura y eficiente para turismos.
Cursos de conducción segura y eficiente para motocicletas y ciclomotores:
Cursos de conducción segura y eficiente en zona urbana
Cursos de conducción segura y eficiente en carretera convencional.
La superación de cada curso permitirá la recuperación de 2 puntos, hasta un máximo de 15 puntos en el saldo del permiso. Estos cursos solo podrán realizarse cada dos años por tipo de vehículo, siempre que el conductor mantenga algún punto vigente. Teniendo en cuenta que los cursos pueden ser para turismo y motocicletas, una persona con ambos tipos de permisos podría hacer un curso por cada vehículo.
La duración mínima de un curso será seis horas lectivas, que incluirá formación teórica, mínima, de una hora y cuarenta y cinco minutos; y, una formación práctica presencial, mínima de cuatro horas y quince minutos.
Otros cambios en los que la DGT está trabajando, pero, que todavía no están aprobados
Teniendo en cuenta que todavía está pendiente la aprobación de la reforma correspondiente, se pueden mencionar ciertas intenciones de la DGT que pueden llegar a entrar en vigor a lo largo del año 2026:
Carril de emergencia en autopistas y autovías. Aunque fue una medida anunciada en 2025, todavía no ha sido definitivamente aprobada y sería una de las primeras y más importantes en incluirse en la reforma. Se deberá dejar un pasillo o paso libre en el centro para que puedan circular los servicios de emergencias, para ello, los conductores situados en el carril derecho tendrán que abrirse hacia la derecha y los que estén situados en el carril izquierdo, deberán hacerlo hacia la izquierda.
Adelantamiento a un vehículo detenido por avería, accidente o emergencia. La intención de la DGT es que, para adelantar a un vehículo detenido por avería, accidente o emergencia, haya que cumplirse 2 requisitos. Por un lado, reducir la velocidad al menos en 20 km/h en relación al límite establecido en dicha vía y, por otro, mantener una distancia lateral de seguridad mínima de 1,5 metros, aunque para ello haya que invadirse parte del carril contrario, siempre que no se aproxime ningún otro vehículo y, por tanto, no se genere ningún otro riesgo para el resto de los vehículos.
Protección máxima para los peatones. Para ello, la DGT, prohibirá la parada o el estacionamiento junto a un paso de peatones. La intención es evitar que los conductores se paren en doble fila justo delante o detrás de uno de esos pasos, ya que resta visibilidad al resto de conductores y a los propios peatones que tratan de cruzar la calle y hacer uso de ese paso.
Motoristas y ciclistas: Calzado, guantes y casco. Nuevamente, la voluntad de la DGT es prohibir el uso de chanclas o calzado que no sea cerrado para circular en moto, ciclomotor o en bici. Se establecerá la obligación de usar guantes de protección y eliminar la exención de usar el casco ‘por razones médicas’. Por ello, el uso del casco será obligatorio para conductor y pasajeros de un vehículo de dos ruedas.
Patinetes Eléctricos: luces siempre encendidas. Se está valorando, que, igual que, actualmente, ocurre con las motos, los patinetes eléctricos también cumplan con la obligación de circular con el alumbrado activado, tanto de día como de noche, es decir, durante las 24 horas. Seguramente, para ello, la normativa conceda una moratoria para la aplicación y puesta en funcionamiento de los correspondientes sistemas de alumbrado.
Repartidores: Chaleco reflectante. Otra de las posibles reformas que se contempla es la que afecta a los repartidores en vehículos de dos ruedas (motos, bicicletas o vehículos de movilidad personal) a los que, seguramente, se les obligue a circular vistiendo el chaleco reflectante, tanto en ciudad como en carretera.
Cinturón y excepciones. Pese a varias noticias existentes al respecto, la DGT todavía no ha decidido si en 2026 suprimirá o no, las excepciones existentes para taxistas, repartidores o profesores de autoescuelas. Hay que recordar que estas profesiones cuentan con la posibilidad de estar exentos de llevar abrochado el cinturón de seguridad en determinadas circunstancias, y, aunque se planteaba eliminar dicha excepción y obligarles a usarlo igual que el resto de los conductores, lo cierto es que parece que no se va a producir ninguna modificación a la normativa actual.
