Lefebvre detalla en una infografía el marco normativo de la jubilación en 2026 sobre edades, cotización y pensiones

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Nuevo Real Decreto Ley para la revalorización de las pensiones

Lefebvre detalla en una infografía el marco normativo de la jubilación en 2026 sobre edades, cotización y pensiones

·   La edad legal de jubilación sube en 2026 hasta los 66 años y 10 meses, no obstante, quienes acrediten 38 años y 3 meses cotizados podrán hacerlo a los 65 años.

·   La pensión máxima alcanza los 47.034,40 euros anuales, mientras que las mínimas oscilan entre 11.590,60 y 17.592,40 euros, según edad y situación personal.

Lefebvre, compañía líder en contenido jurídico y Legaltech, ha elaborado una infografía en la que detalla la normativa vigente sobre todas las novedades del acceso a la jubilación previstas para este ejercicio. A partir de 2026, una de las principales novedades será el acceso a la jubilación que vendrá marcado por los nuevos requisitos de edad y cotización.

La edad legal ordinaria se situará en los 66 años y 10 meses, aunque seguirá siendo posible jubilarse a los 65 para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización, manteniéndose el periodo mínimo exigido para acceder a la pensión en 15 años.

Distintas modalidades de jubilación anticipada y otras situaciones específicas

Junto a la jubilación ordinaria, se contemplan distintas modalidades de jubilación anticipada que permiten adelantar el acceso al retiro en función de la situación del beneficiario y de la cotización acreditada. En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, será posible acceder con una edad hasta cuatro años inferior a la ordinaria, siempre que se cumpla el requisito de 33 años cotizados, mientras que la jubilación anticipada voluntaria podrá solicitarse con un adelanto de dos años respecto a la edad legal, exigiéndose en este caso una cotización mínima de 35 años.

Además de los supuestos generales de jubilación, se contemplan otras situaciones específicas en las que puede accederse desde los 52 años, tanto en actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres como en casos de discapacidad del 65%, siempre que cuenten con 15 años cotizados. Asimismo, para las personas con discapacidad del 45%, la edad de acceso se fija en 56 años, manteniéndose el requisito de 15 años de cotización.

En cuanto a las pensiones no contributivas, el acceso se produce a partir de los 65 años y sin necesidad de cotización previa, al tratarse de una prestación asistencial dirigida a personas sin recursos suficientes que no han generado derecho a pensión en el sistema contributivo.

Otros de los supuestos contemplados en la norma son la vejez por invalidez del SOVI, con acceso a la jubilación desde los 60 años y la jubilación anticipada de los trabajadores no mutualistas, que puede producirse a partir de los 63 años.

Cuantía de la pensión: importes máximos y mínimos según la situación personal

La pensión máxima de jubilación en 2026 asciende a 47.034,40 euros anuales (3.359,60 euros mensuales en 14 pagas). Por su parte, las pensiones mínimas varían en función de la edad del beneficiario y de su situación familiar, con importes que oscilan entre 11.590,60 y 17.592,40 euros anuales.

Asimismo, se contemplan cuantías específicas para situaciones de gran incapacidad, con importes que pueden alcanzar los 26.385,80 euros anuales, así como referencias económicas asociadas al cierre de actividad por jubilación.

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