Hoy, la Comisión Europea ha constatado de forma preliminar que TikTok infringe el Reglamento de Servicios Digitales por su diseño adictivo. Esto incluye características como el desplazamiento infinito (“infinite scroll”), la reproducción automática, las notificaciones push y su sistema de recomendaciones altamente personalizado..
Evaluación de riesgos
La investigación de la Comisión indica preliminarmente que TikTok no evaluó adecuadamente cómo estas características adictivas podrían perjudicar el bienestar físico y mental de sus usuarios, incluidos menores y adultos vulnerables.
Por ejemplo, al “recompensar” constantemente a los usuarios con nuevo contenido, ciertas características de diseño de TikTok alimentan el impulso de seguir desplazándose y hacen que el cerebro de los usuarios pase al “modo piloto automático”. La investigación científica muestra que esto puede conducir a un comportamiento compulsivo y reducir el autocontrol de los usuarios.
Además, en su evaluación, TikTok desestimó indicadores importantes del uso compulsivo de la aplicación, como el tiempo que los menores pasan en TikTok por la noche, la frecuencia con la que los usuarios abren la aplicación y otros indicadores potenciales.
Medidas de mitigación del riesgo
TikTok parece no implementar medidas razonables, proporcionadas y eficaces para mitigar los riesgos derivados de su diseño adictivo.
Por ejemplo, las medidas actuales de TikTok, en particular las herramientas de gestión del tiempo de pantalla y las herramientas de control parental, no parecen reducir eficazmente los riesgos derivados del diseño adictivo de TikTok. Las herramientas de gestión del tiempo no parecen ser eficaces para permitir a los usuarios reducir y controlar su uso de TikTok porque son fáciles de ignorar y ofrecen una fricción limitada. Del mismo modo, los controles parentales pueden no ser efectivos porque requieren tiempo y habilidades adicionales por parte de los padres para introducir los controles.
En este momento, la Comisión considera que TikTok necesita modificar el diseño básico de su servicio. Por ejemplo, desactivando paulatinamente características adictivas clave como el “desplazamiento infinito”, implementando pausas efectivas de “tiempo de pantalla”, incluso durante la noche, y adaptando su sistema de recomendación.
Estas conclusiones preliminares no prejuzgan el resultado de la investigación.
Las opiniones preliminares de la Comisión se basan en una investigación en profundidad que incluyó un análisis de los informes de evaluación de riesgos de TikTok, datos y documentos internos, así como las respuestas de TikTok a múltiples solicitudes de información; una revisión de la extensa investigación científica sobre este tema; y entrevistas con expertos de múltiples campos, incluida la adicción conductual.
Próximos pasos
TikTok ahora tiene la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa. Podrá examinar los documentos en los archivos de investigación de la Comisión y responder por escrito a las conclusiones preliminares. En paralelo, se consultará a la Junta Europea de Servicios Digitales.
Si finalmente se confirman las opiniones de la Comisión, esta puede emitir una decisión de incumplimiento, que puede dar lugar a una multa proporcional a la naturaleza, gravedad, recurrencia y duración de la infracción y alcanzar hasta un máximo del 6% del volumen de negocios anual en todo el mundo del prestador.
Antecedentes
Las conclusiones preliminares de la Comisión de hoy forman parte del procedimiento formal para investigar el cumplimiento por TikTok del Reglamento de Servicios Digitales, iniciado el 19 de febrero de 2024. Además del diseño adictivo, esta investigación abarca el “efecto espiral” (“rabbit hole effect”) de los sistemas de recomendación de TikTok, el riesgo de que los menores tengan una experiencia inadecuada para su edad debido a una falsificación de su edad y las obligaciones de las plataformas de garantizar un alto nivel de privacidad, seguridad y protección para los menores.
La investigación también incluyó el acceso a datos públicos para los investigadores, para los que se adoptaron conclusiones preliminares en octubre de 2025, y la transparencia publicitaria, que se cerró mediante compromisos vinculantes en diciembre de 2025.
