El Alcalde, Francisco Jódar, ha felicitado a los tres grupos municipales por el consenso logrado para facilitar a los ciudadanos y colectivos la información y su participación en las decisiones políticas del Ayuntamiento.
El Pleno del Ayuntamiento de Lorca ha aprobado inicialmente por unanimidad el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana que regula el derecho de información, audiencia pública, el derecho de iniciativa popular y ciudadana, la propuesta ciudadana, así como el derecho a la consulta ciudadana, el de petición y el de participación de los vecinos y entidades ciudadanas en los órganos del Ayuntamiento.
Este nuevo reglamento facilita además el derecho de participación de los vecinos en el diseño de las políticas públicas, la creación de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones para la defensa de los derechos de los vecinos.
Esta nueva normativa municipal, consensuada por los tres grupos municipales, regula los organismos de participación como el Consejo Social de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Distritos.
Por último, este nuevo reglamento marca las directrices de funcionamiento del Registro de Entidades Ciudadanas, así como las ayudas, subvenciones, convenios de colaboración y sus de locales y otros equipamientos municipales.
En este sentido, el Alcalde de Lorca, Francisco Jódar, ha mostrado su satisfacción "porque hoy los tres grupos políticos han demostrado su responsabilidad para lograr consensuar el reglamento aprobado hoy, que permitirá a los ciudadanos participar de forma más directa, durante toda la legislatura y en todas las áreas municipales".
La Concejal de Participación Ciudadana, Rosa Medina, ha explicado que los grupos municipales ya tienen en su poder el borrador de los reglamentos de distritos y plenos, que desarrollan estos puntos plasmados en el documento aprobado hoy. Medina ha recordado que "este Reglamento es uno de los que suponían la declaración de Lorca como Municipio de Gran Población, de los cuales ya hemos aprobado los tres grandes".
Entre los aspectos destacados de este reglamento se encuentra que con la firma acreditada de al menos el 10% de los vecinos con derecho a sufragio activo en las elecciones municipales se podrá presentar una iniciativa popular, en los términos previstos por la Ley de Bases de Régimen Local. La propuesta podrá llevar incorporada una propuesta de consulta popular.
También se regula las iniciativas ciudadanas y la participación de los vecinos y sus asociaciones en los órganos de gestión de los distritos, que son órganos de gestión desconcentrada e instrumentos esenciales para el impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora.
Además, que terminado el Pleno el alcalde puede establecer un turno de ruegos y preguntas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal establecidos en el orden del Día.
Además, cada uno de los Consejos Sectoriales podrán crear las comisiones y grupos de trabajo que se consideren necesario.
El reglamento contempla también el uso de la sociedad de la información en cuanto a que el Ayuntamiento facilitará la presencia de las asociaciones ciudadanas más representativas inscritas en el Registro de Entidades o Asociaciones Vecinales en la Web Municipal.