El Ayuntamiento de Lorca tramita un Plan Especial de Reforma Interior

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para que se pueda reconstruir un nuevo edificio de 16 viviendas en el barrio de La Viña

El Ayuntamiento de Lorca tramita un Plan Especial de Reforma Interior

Se trata de un bloque de viviendas que ocupaba los números 2 y 4 de la calle Herrerías. El nuevo PERI, que será aprobado en la Junta de Gobierno Local que se celebra mañana, posibilita que el inmueble gane una planta, pasando de 4 a 5.

El Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Lorca, José Joaquín Peñarrubia, ha informado de que el Consistorio Municipal tiene previsto aprobar inicialmente mañana en la sesión semanal de la Junta de Gobierno Local el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) que va a permitir la reconstrucción del edificio ubicado en los números 2 y 4 de la calle Herrerías, en el barrio de La Viña, una construcción que tuvo que ser demolía por los daños ocasionados por los seísmos del pasado año.

Peñarrubia Manzanera ha subrayado que la presentación y aprobación de este PERI se ha realizado por parte de los vecinos y ha supuesto un ejemplo de consenso y coordinación entre los vecinos y los servicios municipales, para conseguir que el proceso se acelere al máximo y la reconstrucción se inicie lo antes posible. Fundamentalmente se trata de permitir que el inmueble sea reedificado con una planta más de las existentes con anterioridad, pasando de 4 a 5, incluyendo las modificaciones que conlleva este cambio.

El Edil de Urbanismo ha señalado que se trata de una buena noticia que evidencia que el proceso de reconstrucción de Lorca tras los seísmos está en marcha, y que cada semana los ejemplos de esta recuperación se van acumulando. Durante los últimos días estamos viendo cómo los solares se van llenando de grúas y cómo los proyectos definitivos de varios edificios van viendo la luz. La realidad es que el proceso está en marcha y se está acelerando de forma paulatina durante las últimas semanas.

El objeto del Plan Especial es incrementar la altura máxima permitida a 5 plantas en la zona del edificio que contaba con viviendas en planta baja y el incremento del fondo edificable en 1,50 m, teniendo en cuenta que según la normativa del Plan Parcial en la Zona Sur donde se ubica la parcela objeto del presente Plan Especial, se permite una altura máxima de 4 plantas y un fondo máximo edificable de 18 metros.

La posibilidad del incremento de altura propuesto en el presente PERI se justifica en la necesidad de reconstrucción de inmueble debido a que antes de la demolición accidental el edificio contaba con viviendas en planta baja tal y como se aprecia en las fotos que se adjuntan. La comunidad de propietarios señala que para llevar a cabo la reconstrucción teniendo en cuenta que actualmente les resulta de aplicación normativa tal y como Código Técnico de la Edificación (cuadros de instalaciones de telecomunicaciones, contadores.. .), normativa del Plan General así como la instalación de ascensores los cuales no existían en el edificio primitivo, solicitan que todas las instalaciones se ubiquen en planta baja, debido a que si no se incrementa la altura, las viviendas ubicadas en dicha planta sufrirían una gran merma en su superficie y no podrían reconstruirse en las condiciones preexistente.

Por otro lado el incremento de fondo máximo propuesto resulta necesario para permitir que las nuevas viviendas mantengan la misma edificabilidad útil que en el edificio primitivo antes de la demolición como consecuencia de los espacios comunes incremento de la superficie de escaleras y ascensores.

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