El Ayuntamiento de Lorca insta a los vecinos que no hayan pagado aún la contribución a que lo hagan antes del lunes para evitar recargos

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El concejal ha subrayado que ese día termina el plazo de pago voluntario también del BICES, el IAE y cotos de caza, al tiempo que ha recordado a los que no lo han abonado todavía estos impuesto que el 66% de los recibos de IBI urbano tienen una bonificación del 50%.

El Concejal de Economía del Ayuntamiento de Lorca, Luís Amador, ha insta a los vecinos que todavía no hayan pagado el Impuesto de Bines Inmuebles de este año, ya sea por domiciliación o mediante el abono del recibo, a que lo hagan como muy tarde el lunes 20 de octubre, con el fin de evitar los recargos que supondría no abonarlo en el periodo de plazo voluntario que termina ese día.

El concejal ha subrayado que el próximo lunes concluye también el plazo de pago voluntario del BICES (impuesto que pagan la autopista de peaje y plantas productoras de energía), el IAE (que abonan solo las 1.013 empresas radicadas en el municipio que facturan más de un millón de euros) y los cotos de caza.

Amador ha recordado que "este año el 66% de los recibos de IBI urbano, concretamente los 44.796 relativos a viviendas, comercios, garajes y trasteros del área de máxima afección por los terremotos tienen una bonificación del 50% sobre el coste que se le tendría que cobrar de haberse aplicado las subidas impuestas en 2005 por el Gobierno Municipal de ese momento".

Otras bonificaciones que alcanzan hasta el 90%

El concejal ha añadido que los lorquinos han tenido además la posibilidad de reducir aún más el coste de su recibo de la contribución mediante el pago fraccionado en dos veces, lo que les ha supuesto un 5% menos; o solicitando las bonificaciones por familia numerosa, que pueden alcanzar el 90% de descuento; las destinadas a viviendas de protección oficial, que durante los tres primeros años suponen el 50%, un porcentaje igual al que se aplica a los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta.

Además, Amador ha recalcado que el Ayuntamiento aplica una bonificación del 35% en la cuota íntegra del impuesto a los bienes ubicados en las Unidades de actuación en suelo urbano no consolidado de pedanías, que no tengan aprobado definitivamente el programa de actuación urbanística, suelos urbanos de núcleo rural y los suelos urbanizables sectorizados que no tengan definitivamente aprobados sus planes parciales de desarrollo, así como las Unidades de suelo urbano no consolidado situadas en el casco urbano, entre otras.

Esta bonificación se podía ampliar en 10 puntos porcentuales por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, previa solicitud expresa del interesado, cuando se trate de bienes inmuebles que dispongan de un nivel de servicios de competencia municipal, infraestructuras o equipamientos colectivos inferior al existente en el área de su entorno y dentro del mismo sector, siempre que sus características económicas aconsejen una especial protección.

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