Así lo ha trasladado la edil de Economía, Belén Pérez, aludiendo a la impecable labor de tesorería, que permite afrontar el pago a proveedores un 50 % por debajo del máximo legal permitido, fijado en 30 días, con el consecuente aumento de la confianza de los proveedores en la Administración local
En relación al calendario fiscal, ha trasladado distintas medidas de bonificación a los propios contribuyentes, como puede ser el descuento de 2% al domiciliar el IBI o el Plan Personalizado de Pago, con 4 modalidades y sin intereses
La edil de Economía y Hacienda. Belén Pérez: "Desde el Área Económica del Ayuntamiento se trabaja con una gran diligencia y compromiso, y se ha podido estabilizar el PMP por debajo del máximo legal, un dato tradicionalmente sometido a una gran fluctuación estacional. Además, seguiremos trabajando en la lucha contra la morosidad, porque dentro de nuestra responsabilidad se encuentra 'el que todos cumplan'"
La edil de Economía y Hacienda, Belén Pérez, ha informado del último balance relacionado con la media del pago a proveedores del Ayuntamiento de Lorca y "que pone de manifiesto la especial diligencia con la que se trabaja desde el área Económica a cargo de un Gobierno estable de gestión y libertad, que hace que el dinero se quede en el bolsillo de los lorquinos".
"El periodo medio de pago (PMP) del Ayuntamiento, a fecha 31 de diciembre de 2025, último dato que ofrece el área de contabilidad, ha quedado fijado -exactamente- en 14,95 días, incluyendo a sus entes dependientes (organismos autónomos y sociedades mercantiles)", es decir, un 50% por debajo del máximo permitido, fijado en 30 días, y -a su vez- seis puntos por debajo del PMP del mismo periodo del 2024.
"Estos números, sumados al balance evolutivo del promedio de pago en el último trimestre del 2025 (con 25 dias en octubre, 28 en noviembre y 15 en diciembre) ponen de manifiesto una estabilización del PMP, un dato tradicionalmente sometido a una gran fluctuación estacional, algo que -a su vez- refleja, simplemente, que estamos haciendo las cosas bien".
Esto conlleva "un importante ahorro a las arcas municipales porque, al pagar dentro del plazo legalmente estipulado, estamos evitando tener que abonar los intereses de demora a los proveedores, lo que conlleva, a su vez, una 'estabilidad presupuestaria' por la que apostamos desde el Gobierno de Lorca y por esa línea vamos a seguir. Quiero recordar que en tres años, el anterior equipo de Gobierno se gastó 22millonesde euros por encima del presupuesto, dejándolo agotado casi al 87 por ciento, una situación que, como estamos viendo en cada ejercicio, estamos consiguiendo restituir".
"En la actualidad, el correcto funcionamiento del área de gestión y tesorería del Consistorio está permitiendo que aquellas entidades proveedoras relacionadas con el Consistorio confíen en la Administración local y que dinero se quede en los bolsillos de los lorquinos; por eso quiero remarcar el excelente trabajo y el esfuerzo llevado a cabo por parte de los servicios municipales del Ayuntamiento en lo relativo a pago a proveedores, que ha logrado cerrar el año con esta liquidación".
De la misma forma, hemos pasado de 105 millones de deuda en 2008 a menos de 23 este 2025; un balance histórico, en el que todas las magnitudes se encuentran en positivo, con un superávit de 3,2 millones de euros, un ahorro neto cercano a los 7 millones de euros, un remanente de tesorería que supera los 8 millones y un resultado presupuestario por encima de los 7 millones de euros".
Facilidades a los contribuyentes
Durante su intervención, Belén Pérez ha recordado la aprobación por parte del Ayuntamiento de Lorca del calendario fiscal de cara a este ejercicio a través de la Agencia Tributaria de Lorca (ATL) y, en este sentido, algunas medidas de bonificación y/o dirigidas a la conciliación de los pagos por parte de los contribuyentes.
Tal es el caso de la domiciliación del IBI, "que permite que todo ciudadano que la solicite tenga derecho a una bonificación del 2%, además de suponer que no tengan que ir al Ayuntamiento ni al banco para pagar la contribución".
A ello, por ejemplo, se suma, el Plan Personalizado de Pago, según el artículo 18bis de la Ordenanza n°1, consistente en el pago fraccionado de los recibos de padrón a lo largo del ejercicio presupuestario, sin intereses de demora (a diferencia del pago fraccionado), aplicándose a: IBI, IVTM, IAE y Vados.
Puede ser Mensual: 12 cuotas (de enero a diciembre). Bimestral: 6 cuotas (febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre). Trimestral: 4 cuotas (febrero, mayo, agosto y noviembre). Semestral: 2 cuotas (junio y noviembre).
Otra opción es el pago fraccionado, según el art. 18 de la Ordenanza n°1; no pudiéndose fraccionar deudas inferiores a 50 euros, teniendo que abonar un 10% de la deuda en el momento de la formalización (mínimo 50 euros), con un plazo máximo de 24 meses, por meses, trimestres o semestres. Y, en casos excepcionales, de 36 a 60 meses; debiendo justificar las dificultades de tesorería o su estado de insolvencia inminente. No es necesario presentar garantía salvo deudas superiores a 30.000€. Esta opción si deviene intereses de demora.
