El alcalde, José Ángel Alfonso, ha destacado que el nuevo reglamento establece "un marco estable que favorece la formación, la profesionalización y el desarrollo continuo del personal, asegurando que el trabajo realizado se traduzca en un mejor servicio a la ciudadanía"
La Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, con representantes de CSI-CSIF, CCOO, UGT y SIME, respalda de forma unánime la propuesta impulsada por la Concejalía de Personal
El alcalde de Molina de Segura, José Ángel Alfonso, ha informado que la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Molina de Segura ha aprobado, hoy martes 30 de junio, por unanimidad de todos los representantes presentes en la misma, el primer Reglamento de la Carrera Profesional y de la evaluación del desempeño del personal empleado público del Ayuntamiento de Molina de Segura, "un hito histórico para nuestra administración local y un marco estable que favorece la formación, la profesionalización y el desarrollo continuo del personal, asegurando que el trabajo realizado se traduzca en un mejor servicio a la ciudadanía". El regidor ha explicado que, "fruto del diálogo y la negociación, este Reglamento -cuyo acuerdo ha sido alcanzado entre la Concejalía de Personal y los representantes de los sindicatos CSI-CSIF, CCOO, UGT y SIME- establece un modelo claro, ordenado y accesible que facilita la comprensión del sistema y garantiza su aplicación con criterios objetivos, transparentes y coherentes".
Este modelo se alinea con los principios inspiradores y estándares de calidad recientemente introducidos por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en el ámbito de la Administración del Estado, asumiendo sus premisas de planificación estratégica, objetividad, mejora continua, transparencia y vinculación a resultados, adaptándolos a la realidad organizativa y potestad de autoorganización de esta Administración Local.
"La mejora de los servicios públicos -señala el primer edil, José Ángel Alfonso- requiere disponer de un personal motivado, formado y comprometido. Para ello, resulta esencial contar con un sistema de desarrollo profesional que reconozca el esfuerzo, premie la calidad del trabajo y permita progresar sin necesidad de cambiar de puesto. La carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño constituyen instrumentos clave para avanzar hacia una administración moderna, eficaz y orientada a resultados".
El texto reconoce al personal empleado público del Ayuntamiento el derecho a progresar profesionalmente mediante la modalidad de carrera profesional horizontal regulada en este Reglamento, de acuerdo con la normativa básica estatal y la normativa autonómica en materia de función pública. Esta carrera profesional no exige el cambio de puesto de trabajo, sino que se fundamenta en la trayectoria, la experiencia, la formación, la evaluación del desempeño y el rendimiento, así como en la contribución continuada a la mejora del servicio público.
Objeto y ámbito de aplicación
El Reglamento regula: el sistema de carrera profesional horizontal del personal empleado público del Ayuntamiento; y el sistema de evaluación del desempeño y del rendimiento, que constituye un elemento esencial y obligatorio para la progresión en dicha carrera.
Será aplicable a: personal funcionario de carrera; personal laboral fijo o indefinido no fijo; y personal funcionario interino, en los términos que se establezcan en la normativa aplicable. Queda excluido del ámbito de aplicación: el personal eventual y los cargos de naturaleza política; el personal temporal contratado para programas de empleo, talleres de empleo o figuras análogas vinculadas a subvención; y las personas que realicen prácticas curriculares o extracurriculares derivadas de convenios con centros educativos.
Implantación progresiva
La implantación del sistema de carrera profesional será progresiva durante los siguientes ejercicios presupuestarios, con el fin de garantizar su viabilidad organizativa y presupuestaria:
Ejercicio 2026: 35%.
Ejercicio 2027: 50 %
Ejercicio 2028: 100%.
A partir del año 2029 y para los ejercicios sucesivos, los importes se actualizarán anualmente en el mismo porcentaje que se establezca para las retribuciones de los funcionarios públicos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o, en caso de prórroga presupuestaria, en los reales decretos que regulen dicho incremento.
En la misma reunión, la Mesa General de Negociación ha dado el visto bueno al expediente de ampliación de la Oferta de Empleo Público (OEP) del ejercicio 2026 del Ayuntamiento de Molina de Segura.
Previa autorización, con carácter extraordinario, de la tasa de reposición específica necesaria para cumplir el objetivo legal de reducir la temporalidad estructural en el ámbito del Ayuntamiento de Molina de Segura por debajo del 8% (Ley 20/2021, de 28 de diciembre), se aprueba la ampliación de la Oferta de Empleo Público extraordinaria para el ejercicio 2026, con la inclusión de las siguientes plazas:
Plazas destinadas a personal de nuevo ingreso
Personal funcionario:
Técnico/A Administración General: 1.
Conserje: 1.
Técnico/a de Prevención: 1.
Trabajador/a Social: 3.
Profesor/a EEII: 1.
Técnico/a Inserción Laboral: 1.
Administrador/a Redes: 1.
Dinamizador/a: 1.
Técnico/a Deportivo/a: 1.
Ofimático/a: 2.
Auxiliar Protección Civil: 1.
Oficial: 1.
Personal laboral:
Profesor/a Violonchelo: 1.
Técnico/a Deportivo/a: 1.
Operario/a: 1.
Plaza destinada a promoción interna
Personal funcionario:
Inspector/a de Policía Local: 1.
Un compromiso con el futuro de la administración municipal
El alcalde, José Ángel Alfonso, ha subrayado que "este acuerdo demuestra que el diálogo social, bien entendido, es compatible con la responsabilidad presupuestaria y la ambición de construir, entre todos, una administración modelo, eficaz y al servicio de los vecinos de Molina de Segura.
