Sanidad aprueba la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia

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Sanidad aprueba la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia

Se refuerza el papel de la enfermería como figura de referencia y se fomentan las unidades administrativas de apoyo en las comunidades autónomas. El manual incorpora también un nuevo apartado de donación de órganos tras la eutanasia.

La ministra de Sanidad, Mónica García, durante el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado la segunda edición del Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia, elaborado por el Ministerio de Sanidad a través de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, en coordinación con las comunidades autónomas. El documento actualiza la versión publicada en 2021 y consolida este manual como el instrumento técnico de referencia para la aplicación uniforme de las garantías previstas en la Ley Orgánica 3/2021 en todo el Sistema Nacional de Salud.

La edición de 2026 es fruto de un trabajo colaborativo que incorpora la experiencia acumulada tras más de cuatro años de aplicación de la norma, integrando las aportaciones de profesionales sanitarios, las Comisiones de Garantía y Evaluación, expertos y la sociedad civil.

Una de las principales novedades es la incorporación formal de la enfermera del equipo asistencial como figura de referencia. El manual especifica sus funciones, que incluyen apoyo informativo y acompañamiento a la persona solicitante, preparando el entorno y el material necesario, realizando los cuidados y procedimientos propios de su competencia. En este sentido, el documento pone también el foco en la humanización del entorno asistencial, destacando el papel de la enfermería en la valoración y apoyo a los cuidadores y familiares, así como en la orientación sobre los recursos disponibles para el acompañamiento en el duelo.

El manual incorpora una nueva estructura organizativa basada en unidades administrativas de apoyo, ya presentes en varias comunidades autónomas, para asegurar un funcionamiento correcto, accesible y homogéneo de la prestación en su territorio. Estas unidades actúan facilitando información a la ciudadanía, apoyo operativo a los profesionales y coordinación con los servicios de salud.

Por otro lado, el manual clarifica y unifica los criterios relativos a los tiempos del proceso asistencial. Una vez reconocido el derecho a la prestación, el paciente podrá solicitar un aplazamiento de hasta seis meses, ampliando el marco temporal previo, que no superaba uno o dos meses.

El documento también detalla la posibilidad de suspender temporalmente el proceso por circunstancias excepcionales y transitorias acordes con la normativa vigente. Si el trámite se detiene por causas del solicitante y pasan tres meses sin que se reactive, la Comisión podrá cerrar y archivar el expediente, previa notificación al interesado. No obstante, este cierre no impide que la persona pueda iniciar una nueva solicitud en el futuro si así lo desea.

Basándose en la experiencia clínica, donde un porcentaje de personas solicitantes presentan riesgo de pérdida inminente de capacidad o fallecimiento, el documento recomienda, tal como plantea la LORE 2021, una tramitación abreviada para los casos más urgentes, permitiendo reducir los tiempos al mínimo posible sin menoscabar las garantías legales.

Se incorpora la actualización de la regulación del Registro Nacional de Instrucciones Previas, que tras la reforma legal de 2022 permite incluir en el documento de instrucciones previas la ayuda para morir como un apartado específico y oficial. Esto garantiza que la voluntad del paciente conste de forma clara e inmediata en su historial, eliminando posibles inseguridades administrativas.

La nueva edición del manual refuerza la importancia de cumplimentar correctamente los certificados de defunción, recordando que el fallecimiento derivado de la prestación de ayuda para morir tiene la consideración legal de muerte natural a todos los efectos de la documentación. Esta medida busca proporcionar la máxima seguridad jurídica y agilidad administrativa a las familias, evitando obstáculos burocráticos como la pérdida de pólizas de seguros de vida, dificultades en los trámites con los servicios funerarios o complicaciones en los procesos de herencia. Para asegurar este fin, el documento recomienda a las administraciones que garanticen la disponibilidad de los certificados de defunción para que los médicos puedan tramitarlos de forma ágil y sin demoras.

El manual incluye un apartado específico sobre la donación de órganos, adaptado a los protocolos vigentes de la Organización Nacional de Transplantes (ONT), garantizando que esta opción se ofrezca de forma independiente y sin interferir en la tramitación de la solicitud de eutanasia.

Asimismo, se refuerzan las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad. Los centros sanitarios deberán asegurar que toda la información y los procesos deliberativos estén disponibles en formatos accesibles, como lectura fácil, Braille, pictogramas o mediante intérpretes de lengua de signos, garantizando una decisión libre e informada.

Con esta actualización, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud reafirma su compromiso con la igualdad, la calidad asistencial y la seguridad jurídica, proporcionando a los profesionales sanitarios una guía actualizada para la correcta aplicación de un derecho personalísimo en un entorno de respeto a la dignidad humana.

Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es
Ministerio de la Presidencia

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