El Ayuntamiento exige la construcción del campo de golf en Nueva Condomina a la junta de compensación propietaria de los terrenos

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El coste de las obras pendientes de ejecutar para cumplir el convenio asciende a casi 19,5 millones de euros, según los cálculos de los servicios municipales

El Ayuntamiento exigirá a la Junta de compensación del plan parcial de Nueva Condomina la ejecución de la totalidad de convenio suscrito, incluida la construcción del campo de golf de 18 hoyos, además de las obras de urbanización pendientes. La valoración de estas actuaciones asciende a 19.437.000 euros, que representa casi el 20% del total, cuya cuantía se sitúa en 100 millones de euros.

Así se ha acordado hoy en la comisión de Urbanismo y Medio Ambiente, que hace unos meses había aprobado el inicio del procedimiento de declaración de incumplimiento del convenio suscrito entre el Ayuntamiento y Sports Management and Project (Desarrollos Nueva Condomina), Torre Alcayna y C.F. Real Murcia, en lo que se refiere a la obligación de construir y entregar al Ayuntamiento un campo de golf.

De este acuerdo se dio traslado a la representación o administración concursal de Desarrollos Nueva Condomina y al juzgado de lo mercantil, a la junta de compensación del plan parcial, al registro de la propiedad y a las entidades firmantes del convenio, a las que se concedió trámite de audiencia. Tras la presentación de las alegaciones pertinentes por todos los interesados se han emitido todos los informes necesarios para fundamentar la decisión que contiene la propuesta.

La reunión de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente celebrada esta mañana ha aprobado la conclusión de este expediente de incumplimiento y, puesto que Desarrollos Nueva Condomina se encuentra en fase de liquidación, la obligación de exigir el cumplimiento del convenio recae en la junta de compensación.

A partir de ahora se seguirá con el procedimiento habitual previsto en la legislación del suelo para el caso de paralización de obras de urbanización, que consiste en requerir la realización de las obras en el plazo que consideren necesario los servicios técnicos de Urbanismo y, en caso de no llevarse a cabo, el Ayuntamiento asumiría la ejecución subsidiaria. 

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