El jardín de San Esteban que servirá de cobertura de protección del yacimiento tendrá una superficie arbolada, al menos, del 80% del espacio

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El jardín de San Esteban que servirá de cobertura de protección del yacimiento tendrá una superficie arbolada, al menos, del 80% del espacio La Junta de Gobierno ha dado hoy el visto bueno a la aprobación inicial del Plan Especial de Ordenación y Protección de la Zona Arqueológica del Arrabal de la Arrixaca Nueva, un documento obligatorio derivado del Plan Director que contiene las medidas de conservación sobre y bajo rasante del entorno BIC. El instrumento de planeamiento mantiene la calificación urbana del PGOU pero establece unas condiciones de protección más exigentes, al reducir el espacio permitido para pequeñas construcciones vinculadas a la zona arqueológica y restringir el uso exclusivamente al de carácter cultural.

La Junta de Gobierno ha aprobado inicialmente el Plan Especial de Ordenación y Protección de la Zona Arqueológica del Arrabal de la Arrixaca Nueva, un documento que forma parte del Plan Director de San Esteban, cuya tramitación es obligatoria y se lleva a cabo de forma paralela e independiente a la de este. Su objetivo fundamental es lograr la revitalización física, económica y social y la preservación y puesta en valor del conjunto de San Esteban.

El plan especial, cuyo avance recibió el visto bueno en julio pasado, continúa hoy su proceso administrativo, en un documento que contiene las medidas de ordenación sobre y bajo rasante del BIC y sus pautas de protección. A partir de ahora se somete a información pública durante el plazo de un mes, y posteriormente deberá ser aprobado por el Pleno de la Corporación.

El entorno BIC dispone de una superficie de 13.045 m2, una superficie mayor al ámbito incluido en el Plan Director, que también afecta a calles y espacios adyacentes.

Este plan especial es el primero que aprueba un ayuntamiento de la Región de Murcia en relación con la protección de una zona arqueológica afectada por un BIC. En este caso, se trata de un instrumento de planeamiento que mantiene la consideración como zona verde del entorno de San Esteban establecida en el PGOU, pero incorpora unos criterios más protectores, además de restringir el uso exclusivamente al cultural, excluyendo otras posibilidades permitidas por el planeamiento (pistas deportivas o pequeñas construcciones de carácter temporal o definitivo en régimen de concesión administrativa o autorización).

Cobertura de protección y zona arqueológica

Las condiciones de protección establecidas en el plan especial tienen un doble ámbito, distinguiendo entre el referido a la cobertura de protección del yacimiento arqueológico y bajo rasante, donde se encuentra la Zona Arqueológica de San Esteban (ZASE).

Respecto al espacio sobre rasante, el plan especial prevé que la suma de la superficie arbolada y la superficie despejada, destinada a la contemplación del yacimiento, sea como mínimo del 80% (frente al 30% establecido en el PGOU), mientras que los usos vinculados al espacio cultural-museístico que podrían albergarse en pequeñas construcciones, permite una ocupación máxima del 5% de la superficie del parque (el 10% en el PGOU). Además, cualquier construcción que se prevea tendrá la altura limitada a 4,5 metros (similar en ambos casos).

En todo caso, el uso específico de las pequeñas construcciones permitidas estará vinculado al destino investigador, museístico, expositivo, recreativo y de uso por los ciudadanos de la ZASE, como son acceso al yacimiento, cafetería, zona administrativa y de control, sala de exposiciones, dependencias necesarias para el acopio del mantenimiento y excavación de los restos, etc.

Respecto a la superficie bajo rasante, el plan especial aprobado hoy de forma inicial señala que la zona arqueológica está protegida por ser bien de interés cultural, permitiendo sólo las actividades que sean compatibles con el descubrimiento, estudio, protección, acondicionamiento y exposición de los restos.

Investigación, conservación y estudio

Por eso, el uso principal de la ZASE será el cultural, consagrado a actividades de investigación, conservación, estudio, recreación, y transmisión de los restos arqueológicos. Como compatibles, los usos divulgativos, educativos, de promoción turística y todos los necesarios para el correcto funcionamiento del yacimiento y su estudio.

Para mostrar la unidad del Conjunto BIC de San Esteban, y aprovechando la desacralización de la iglesia para su uso expositivo, se plantea la posible conexión bajo cota cero de ambos espacios.

Respecto a la estructura de protección que se proponga, el plan establece unas prestaciones mínimas referidas a la dimensión de los soportes, los elementos estructurales permitidos o el sistema de ventilación, natural o artificial, además de la altura libre de paso que, en las zonas visitables, será, como mínimo, de 3 metros. También aborda el sistema de cimentación, mediante pilotes o micropilotes, para poder continuar con la investigación arqueológica.

El documento que ha recibido hoy la aprobación inicial se remitirá a la Dirección General competente en materia de urbanismo de la Comunidad Autónoma y se someterá a informe de la Dirección General de Bienes Culturales. 

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