CONFES pide al consejero que reconsidere y cambie su posición

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La federación de estudiantes CONFES muestra su malestar y lamenta la decisión de la consejería de Educación de obligar a los alumnos objetores a entrar a clases de EpC

La organización estudiantil CONFES -CONFEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA REGIÓN DE MURCIA quiere hacer constar la preocupación creciente entre los miembros de nuestras asociaciones de estudiantes, y de muchos de los alumnos objetores de la asignatura de "Educación para la Ciudadanía", en Murcia, que se han dirigido a nosotros para transmitirnos sus inquietudes por las declaraciones, y manifestaciones que aparecen estos últimos días en los medios de comunicación, donde se asegura que la Consejería de Educación obligará a los alumnos objetores a acudir a las clases de EpC sin esperar la sentencia del Tribunal Supremo sobre el derecho a la objeción de conciencia sobre dicha materia, sin suspender de forma cautelar la asistencia a las clases en las que se imparta la asignatura objetada, y por ende, lo que nos parece mas grave, proceder a examinar a dichos alumnos de los contenidos de los cuales solicitan el derecho a objeción de conciencia.

El posicionamiento de CONFES al respecto ya se hizo llegar durante una reunión mantenida con el Sr. Consejero de Educación, el pasado 14 de noviembre de 2008, y es la de un inequívoco apoyo, y respaldo, a las actuaciones e iniciativas de aquellos alumnos y padres que han decidido objetar por entender que la asignatura "Educación para la Ciudadanía" vulnera el artículo 27 de la C.E.

En este sentido, y ante el debate abierto por estas ultimas declaraciones del gobierno regional, hacemos constar lo siguiente:

· Es nuestra obligación y nuestra responsabilidad, en coherencia con nuestras creencias, indicar que no consideramos justa la situación de indefensión en la que se ha colocado a éstos alumnos por haber ejerciendo su derecho, por ellos mismos o a través de sus padres, contemplado en el artículo 16 de la C.E. a la objeción por razones ideológicas.

· Tampoco vemos razonable que sin esperar a que se determine, a través de una sentencia en firme, por el Tribunal Supremo el derecho a la objeción de la asignatura EpC, se obligue a los alumnos objetores a acudir a las clases donde se imparte esa asignatura y a examinarse de sus contenidos, ya que creemos que si se deniega la medida cautelar, se crea una situación que no podría ser alterada por el contenido de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones de los demandantes, porque, entre tanto, el alumno habría recibido los contenidos educativos que se pretenden evitar. De ahí la necesidad de adoptar la medida cautelar.

· Por otra parte, en la ponderación de los intereses en conflicto se encuentra, de un lado, difusos intereses públicos en el cumplimiento de la norma (Ley Orgánica de Educación y su desarrollo), y por otro, los posibles perjuicios del derecho a los padres a educar a sus hijos en la formación religiosa y moral que este de acuerdo con las propias convicciones y a ejercer su libertad religiosa. En esta contraposición, desde nuestro entender, debe sobreponerse la efectividad de los derechos sobre las llamadas genéricas al interés público.

Por todo ello, no entendemos ni logramos comprender la decisión, que a nuestro juicio parece haber sido tomada a la ligera, por parte de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, a la vista de una sola sentencia, de un caso concreto, de una alumna objetora de 3º de la ESO, tomada en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Sobre todo cuando por cada sentencia en contra a medidas cautelares tomadas por un Tribunal Superior de Justicia, se pueden presentar tres sentencias tomadas a favor de las medidas cautelares a lo largo de todo el territorio nacional.

Desde CONFES, esta situación de indefensión no podemos dejarla pasar, y por todo ello, solicitamos a la Consejería de Educación que reconsidere de forma urgente esta decisión, por la situación a la que aboca a los alumnos objetores. En breves fechas se firmarán las actas de calificaciones correspondientes al primer trimestre del curso 2008/2009, en los diferentes centros educativos, y sería muy perjudicial y bochornoso poder comprobar que se intenta presionar a los alumnos objetores, y sus familias, con suspensos y "amenazas" de no poder titularse en la ESO si mantienen la decisión de que éstos alumnos no acudan a las clases por las cuales están objetando. Más aún cuando sabemos que alumnos en estas circunstancias ya han sido suspendidos en varios centros docentes.

Sabemos que esta lamentable decisión debe haber sido muy meditada, pero aún así esperamos que vuelva a ser considerada. No obstante, desde CONFES nos sentimos obligados, por la gravedad del hecho, a iniciar medidas informativas a la sociedad murciana, de forma mas intensa, así como cualquier otra iniciativa que se crea oportuna, para conseguir transmitir públicamente la situación de estos alumnos. Es nuestro deber y es nuestra obligación moral.

Y por ultimo, como no puede ser menos, nos ponemos a disposición de la consejería de Educación para tratar sobre aspectos de este y otros temas, que vayan en la mejora de nuestro sistema educativo y en el ejercicio de la libertad en la Región de Murcia.

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