Murcia, 5 mar (EFE).- El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha anulado la pena impuesta a un hombre que fue condenado por provocar el aborto de una mujer que dedicaba al ejercicio de la prostitución en clubes de Cartagena y San Pedro del Pinatar.
La sentencia anula así de forma parcial la que en febrero de 2008 dictó la Audiencia Provincial de Alicante, que condenó a este hombre a ocho años de prisión por dos delitos de prostitución y a cuatro años por un delito de aborto.
El Alto Tribunal mantiene la pena por los dos primeros delitos, pero lo absuelve por el de aborto al considerar que éste no quedó suficientemente probado.
La resolución de la Audiencia de Alicante declaró como hechos probados que el acusado gestionó la llegada a España de dos jóvenes rumanas a las que dedicó a la prostitución en locales de alterne ubicados en Cartagena y San Pedro del Pinatar, en Murcia, y en Torrevieja (Alicante).
Una vez en nuestro país, le retiró los pasaportes "y mediante amenazas de muerte consiguió que las mismas ejercieran la prostitución y le entregaran la totalidad de los beneficios económicos que obtenían".
Asimismo, la sentencia consideró probado que en junio de 2007 el procesado, al enterarse de que una de ellas estaba embarazada, le obligó a que "se introdujera por vía vaginal" unas pastillas para provocar el aborto.
Ahora, el Supremo, al estimar parcialmente el recurso presentado por el acusado, afirma que "no puede darse por probado un delito de aborto cuando la persona que se supone que lo ha sufrido no ha sido objeto de reconocimiento médico inmediato y nadie facilita datos de cómo se produjo, dónde y en qué circunstancias". EFE
