Se subvencionará hasta el 75 por ciento del valor de las obras que cumplan los requisitos, por un importe máximo de 24.000 euros
Cualquier persona o comunidad de vecinos que acometa una obra de rehabilitación a lo largo de 2009 puede solicitar en la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio una subvención dentro del Plan Especial de Rehabilitación de Vivienda. Este programa cuenta con un presupuesto de 3,4 millones de euros, ampliable a 4,4, que podrá beneficiar a más de mil familias de la Región.
Según el consejero, José Ballesta, “se trata de una medida que además de ayudar a las familias tendrá un gran efecto generador de empleo, dado que son muchos los oficios implicados en la rehabilitación de viviendas”.
Las actuaciones subvencionadas podrán ser de tres tipos: de mejora de la accesibilidad del edificio (instalación de ascensores, colocación de rampas, obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años), para garantizar la seguridad de los edificios de más de diez años (arreglo de fachadas, vigas, estructuras), o mejoras de eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente, como la instalación de placas solares y sistemas de eficiencia energética o mecanismos de ahorro de agua.
Podrá solicitar las ayudas el propietario o el inquilino siempre que esté empadronado en el piso donde se va a realizar la obra, una comunidad de vecinos en el caso de que las actuaciones afecten a elementos comunes del edificio, e incluso podrán solicitarla organismos públicos para inmuebles de su propia titularidad. Para ello deben acudir al Registro General de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio (Plaza Santoña de Murcia), o a cualquiera de las ventanillas únicas de las que dispone este organismo en los diferentes ayuntamientos de la Región.
La cuantía económica puede alcanzar los 24.000 euros, y también se subvenciona hasta el 85 por ciento de los gastos de redacción de proyecto en el caso que sea necesario, con un máximo de 1.200 euros. Las actuaciones que cumplan los requisitos se calificarán por orden de prelación, según la fecha de solicitud, siempre y cuando exista crédito suficiente. El pago de la subvención se realizará directamente al solicitante individual mediante el ingreso en su cuenta bancaria, y el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses desde la fecha de comunicación del final de las obras y presentación de las facturas.
Concedida la calificación previa se podrá proceder al inicio de las obras, que deberá hacerse en cualquier caso antes del 10 de octubre de 2009. Para la justificación de dicho inicio deberá presentarse en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura la correspondiente licencia de obras, o acta de replanteo siempre antes de la fecha indicada.
Los interesados pueden obtener más información en la Orden de 6 de marzo de 2009, de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas en el marco del Plan Especial de Rehabilitación de Edificios y Viviendas, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo, a través de la página web www.carm.es/rehabilitacion, o el teléfono de información de la Comunidad Autónoma 012.
