El delegado informa de las medidas del Gobierno de España para familias hipotecadas con dificultades

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Se facilita una moratoria temporal en el pago de las cuotas hipotecarias a los desempleados, a los autónomos con bajos ingresos y a quienes cobran la pensión de viudedad

El delegado informa de las medidas del Gobierno de España para familias hipotecadas con dificultades

Se reducen dos puntos las retenciones de los que están pagando una hipoteca

Se amplía el plazo para materializar el saldo de la cuenta ahorro-vivienda y se dispondrá de un plazo adicional para vender la vivienda habitual cuando previamente se haya adquirido otra.

El delegado del Gobierno en Murcia, Rafael González Tovar, ha mantenido esta mañana una reunión con el Presidente de Confederación de Federaciones de Asociaciones de Vecinos (CAVEMUR), Leandro Sánchez, y otros miembros de dicha Organización, en la que han abordado algunas de las medidas contempladas en el Plan E del Gobierno de España que suponen un apoyo directo para las familias, permitiéndoles disponer de una mayor renta disponible para afrontar la actual situación económica de dificultad. En conjunto, se estima un impulso fiscal total de 14.000 millones de euros entre 2008 y 2009.

Los miembros de CAVEMUR, entre los que también se encontraban los Presidentes de la Federación de Murcia, Ginés Jaén, de Molina de Segura, Pedro López y de Lorca, José Mª García, también se han interesado por otros aspectos como la seguridad ciudadana, el desarrollo de las infraestructuras ferroviarias y las actuaciones en el Mar Menor.

Respecto a las acciones previstas en el Plan E para favorecer a las familias el delegado del Gobierno ha destacado las siguientes.

1) Moratoria temporal parcial de las cuotas hipotecarias

A través de esta medida el Gobierno pretende apoyar directamente a aquellas familias hipotecadas que atraviesan un momento coyuntural especialmente difícil. Para ello la medida prevé una reducción voluntaria, previo pacto con la entidad financiera acreedora, en el pago de las cuotas hipotecarias de hasta el 50% y devengadas entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010, siempre y cuando el préstamo hipotecario asociado haya sido suscrito con anterioridad al 1 de septiembre de 2008, tenga un importe inferior a 170.000 euros y esté destinado a la adquisición de la vivienda habitual.

Los beneficiarios de esta media pueden ser trabajadores por cuenta ajena en paro durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud y que tengan derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas. También los trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligado a cesar en su actividad económica durante un período mínimo de tres meses. Igualmente los trabajadores por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del IPREM durante, al menos, tres mensualidades. Y finalmente los pensionistas de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario.

Se estima que podrán acogerse a esta medida en torno a 15.000 familias en la Región de Murcia y unas 500.000 en toda España, que verán reducida su cuota hipotecaria en 6.000 millones de euros en el periodo 2009-2010. Esta medida fue aprobada por Real Decreto del Gobierno el pasado mes de noviembre.

2) Eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio

Otra de las medidas adoptadas en el Plan E es la eliminación del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, un impuesto desincentivador del ahorro y la inversión, y que ya no existe en casi ningún país desarrollado.

De esta medida se podrán beneficiar todos los sujetos pasivos del impuesto y se ha estimado que podrán beneficiares un millón de contribuyentes (30.000 en la Región de Murcia), la mayoría de ellos de clase media. Además, supondrá un ahorro a los contribuyentes de 1.800 millones al año desde 2009.

3.- Ampliación del plazo para materializar la cuenta ahorro-vivienda

Se trata de una medida que permite que las cantidades depositadas en las cuentas vivienda, que por la finalización del plazo debieran destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y el día 30 de diciembre de 2010, puedan destinarse a la compra de dicha vivienda hasta el día 31 de diciembre de 2010, sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual. Por tanto, se amplía el plazo para materializar la compra de vivienda una vez transcurridos los cuatro años.

Es una medida importante para los titulares de las cuentas que han estado ahorrando para adquirir o rehabilitar su vivienda principal para que no se vean forzados a materializar su inversión en la actual coyuntura, en la que el endurecimiento en las condiciones de crédito hace especialmente difícil obtener financiación en términos razonables para estos fines. Se estima que esta medida beneficiará a unas 6.0000 personas en la Región de Murcia, en su mayoría jóvenes y a unas 180.000 en toda España.

4.- Ampliación de los plazos de los préstamos hipotecarios sin coste alguno durante dos años

Sobre la base de un acuerdo previo entre prestamista y prestatario, se promueve la ampliación del plazo de los préstamos hipotecarios concedidos para la adquisición, construcción y rehabilitación de la vivienda habitual realizada durante los dos años a partir de la entrada en vigor de la medida (abril de 2008) sin coste alguno en concepto de comisiones.

En segundo lugar, se eximen de gravamen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados las escrituras públicas que documenten la ampliación del plazo de dichos préstamos. Finalmente, la ampliación tampoco conlleva el pago de los correspondientes aranceles notariales y registrales.

Es una medida para todos los ciudadanos que estén amortizando préstamos hipotecarios y que decidan ampliar el plazo de dichos préstamos hasta abril del año 2010 verán reducido el coste de realizar esta operación. Los ciudadanos deben solicitarlo a su entidad financiera.

5.- Anticipo de la deducción por vivienda habitual

Con objeto de adecuar el beneficio fiscal de la deducción en el IRPF por adquisición de vivienda habitual con los pagos de las cuotas hipotecarias de los contribuyentes, se reduce en dos puntos las retenciones de aquellos contribuyentes que así lo soliciten.

Es decir, un contribuyente al que se le retuviese un 15% en la nómina mensual, si se acoge a esta medida, se le pasará a retener el 13%, en previsión de la deducción a la que podrá acogerse cuando presente la declaración de la renta. Ello supondrá menores retenciones para las rentas bajas en 2009, de entre 1.700 y 2.000 millones de euros.

Es una medida especialmente importante para trabajadores por cuenta ajena y autónomos con rentas inferiores a 33.000 euros. Se estima que puedan acogerse a esta medida al menos 3,5 millones de contribuyentes y está en vigor desde noviembre de 2008.

6.- Ampliación del plazo de dos años para transmitir la vivienda habitual a efectos de la exención por reinversión

Con esta medida, el Gobierno amplía el plazo de aplicación de la exención fiscal por reinversión, en al menos dos años, para que las familias que hayan adquirido una vivienda con la expectativa de vender posteriormente su residencia habitual, puedan hacerlo sin que se vean perjudicados fiscalmente. Así, para las compra-ventas realizadas durante los ejercicios 2006, 2007 ó 2008, el plazo de exención se ampliará hasta el día 31 de diciembre de 2010.

Esta medida permite a las familias que deciden cambiar su vivienda habitual seguir disfrutando de la ventaja fiscal correspondiente, permitiendo un plazo para la venta de la vivienda anterior más dilatado. Con ello, se pretende evitar que el escaso grado de liquidez del mercado inmobiliario cause un mayor quebranto patrimonial a este grupo de familias, lo que previsiblemente favorecerá a su vez un mayor dinamismo del mercado de la vivienda. También en este caso la medida está vigente desde noviembre de 2004.

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