Murcia, 23 oct (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha dicho que una empresa ubicada en Cartagena vulneró el derecho de libertad de expresión y el de libertad sindical de un trabajador que fue trasladado a Madrid tras criticar una iniciativa de aquélla.
La sentencia de esta Sala, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que la empresa "Z.D." presentó contra otra anterior dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena en mayo de este año, que dio la razón al trabajador y declaró la "nulidad radical" del traslado.
El Tribunal Superior, como hizo entonces el juez de lo Social, ordena a la sociedad demandada a "la inmediata reposición del demandante al momento anterior al traslado".
Afirma la relación de hechos probados que el demandante, miembro del comité de empresa por UGT, remitió un correo electrónico al gerente en el que vertía determinadas opiniones sobre el "Plan Amigo", puesto en marcha en 2003 y que contiene una serie de estrategias y medidas dirigidas a lograr la fidelización de sus colaboradores comerciales.
Dos meses después, "Z.D." lo sancionaba con cuatro días de suspensión de empleo y sueldo por una falta grave, y siete días después ordenaba su traslado al centro de trabajo de Madrid, basándose para ello en el poder de disposición empresarial.
Afirma la Sala de lo Social que "está claro que la decisión del traslado no es como consecuencia de la facultad de dirección u organizativa de la empresa, sino que es como consecuencia del informe efectuado por el demandante acerca de la valoración negativa que realiza sobre el funcionamiento del "Programa Amigo". EFE
