Condenan a una empresa por la rotura de una cabina de hidromasaje que lesionó a un niño de 11 años

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Murcia, 19 nov (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha condenado a la empresa "A., S.L." a pagar una cantidad cercana a los 5.000 euros por las lesiones que sufrió un niño de 11 años al estallar una pared de la cabina de hidromasaje en la que se duchaba.

La sentencia anula la que el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Molina de Segura dictó hace ahora un año y por la que se absolvió a la empresa en la reclamación presentada por el padre del menor.

La Audiencia sostiene que la empresa demandada tiene que afrontar las consecuencias lesivas sufridas por el menor y señala que esa responsabilidad "no puede excluirse por el hecho de que fuera el menor el que se resbalara y cayera contra el cristal haciendo que el mismo explotara".

Añade que el suceso se produjo porque el material de la cabina "era "templado", y no "laminado", y era previsible que el cristal de la cabina pudiera ser sometido a una presión por efecto de una caída por parte del usuario de la misma.

Como consecuencia del percance, el niño sufrió heridas en varias partes del cuerpo al caer sobre el mismo fragmentos de la mampara que estalló.

La sala concluye que "el sistema de la cabina y el cristal empleado no eran los adecuados para evitar el resultado lesivo que se ha producido", por lo que condena a la empresa a pagar 4.597 euros por las heridas y las secuelas. EFE

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