Murcia, 11 ene (EFE).- La dirección general de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, en una resolución a la que ha tenido acceso Efe, ha anulado la negativa del registrador de la Propiedad número 8 de Murcia, Fructuoso Flores, a registrar la escritura de compraventa de una finca porque no se fijaba en ella el medio de pago de la cantidad aplazada.
La citada dirección general ha admitido así el recurso presentado por el vendedor de la finca, A.P., y ha señalado que la exigencia de identificación de los medios de pago empleados en las compraventas afecta a la parte ya abonada, no a la que se aplaza.
La resolución señala que el registrador de la Propiedad suspendió la inscripción de la escritura hasta tanto se subsanara esta omisión, por lo que A.P. interpuso un recurso que ahora ha prosperado.
Este organismo del Ministerio de Justicia ha acordado revocar la nota de calificación del registrador de la Propiedad en un acuerdo que puede ser recurrido ante los Juzgados de Primera Instancia de Murcia. EFE
