El Colegio de Veterinarios de Murcia niega haber cometido una conducta anticompetitiva

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Ante la comunicación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) de incoación de un expediente sancionar contra el Colegio de Veterinarios de Murcia en relación con la adopción del Reglamento Interno para la regulación de la vacunación antirrábica e identificación de animales de compañía, esta institución colegial niega “haber incurrido en una conducta anticompetitiva” e incluso afirma, en palabras de su presidente, Fulgencio Fernández Buendía, que se han limitado “a cumplir con su fin que es el de colaborar con los poderes públicos para contribuir a la salud de las personas y de los animales”.

 Como consecuencia de una denuncia interpuesta ante la Comisión Nacional de la Competencia de la Región de Murcia, la Comisión Nacional de la Competencia ha incoado un expediente sancionador contra el Colegio de Veterinarios de Murcia por una posible conducta que vulnera la Ley de Defensa de la Competencia. Así, el Reglamento Interno para la regulación de la vacunación antirrábica e identificación de animales de compañía podría incluir unos requisitos que restringieran la competencia entre veterinarios colegiados en Murcia, impidiendo el ejercicio de dichas actividades por parte de los veterinarios colegiados en otras demarcaciones territoriales.

Ante este expediente, que tendrá una instrucción de 18 meses hasta su resolución, el Colegio de Veterinarios de Murcia quiere manifestar en primera instancia que la actuación en materia de vacunación antirrábica y la identificación es voluntaria por parte de los veterinarios, aunque sí existe la declaración obligatoria de la vacunación para los casos de rabia.

En segunda instancia, que el Colegio se limita a organizar en el ámbito de la Región de Murcia la vacunación antirrábica y la identificación animal y el veterinario que voluntariamente solicita la habilitación para la vacunación antirrábica y la identificación se obliga al cumplimiento de las normas establecidas, siendo el Colegio la institución garante ante las Administraciones y la sociedad de la correcta ejecución de estas actuaciones profesionales.

Desde 2005, ante la ausencia de regulación administrativa nacional y autonómica, para la implantación de un registro de identificación electrónica de animales de compañía, el Colegio de Veterinarios establece el denominado SIAMU -desde 1999 había un sistema denominado Zoovet- cuya finalidad es la identificación y el censo de animales de compañía, mediante la implantación de microchips. Consecuentemente, en 2006 los registros de vacunación antirrábica se incorporan a este sistema para evitar la duplicidad de datos.

Además, en relación con el tema de la identificación el Colegio ha firmado convenios con distintos municipios de la Región de Murcia efectos de colaboración, así como de suministros de censos, tanto de animales registrados como vacunados.

La realización de la campaña antirrábica conlleva por parte de esta institución colegial la supervisión de la vacuna con su número de lote, el número de dosis que cada veterinario administra y lógicamente toda la información de carácter formal que conlleva la comunicación oficial de la vacunación que es obligatoria.

Por tanto, el Colegio exige al veterinario, que voluntariamente quiera participar en esta campaña, unas obligaciones formales, de tal forma que, a su vez, el Colegio pueda cumplir las suyas, adquiridas en los convenios municipales y con la Administración autonómica.

En definitiva, desde el Colegio de Veterinarios De Murcia “lamentamos la actitud del denunciante, que sin duda será debida a una mala interpretación del Reglamento Interno para la regulación de la vacunación antirrábica e identificación de animales de compañía, y por tanto, creemos que finalmente este procedimiento será archivado”, según afirma su presidente, Fulgencio Fernández Buendía.

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