Aprobado el Decreto de servicios mínimos para la huelga general del 29 de septiembre de aplicación en las empresas que prestan servicios públicos

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El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto que establece los servicios mínimos a realizar el próximo día 29 de septiembre por las empresas, entidades o instituciones que prestan servicios públicos que se consideran esenciales en el ámbito de la Región de Murcia.

El Decreto garantiza la prestación de los servicios públicos que tienen encomendados las diferentes empresas que trabajan para la Administración.

Entre los servicios dispuestos para la jornada de huelga está el de transporte público regular de viajeros, cuyas empresas concesionarias deberán realizar un tercio de los servicios ordinarios. El Decreto les permite que el 50 por ciento de los servicios mínimos para ese día puedan concentrarse en las horas punta, entre las 7 y las 9 horas, las 13 y las 15 horas, y las 19 y las 21 horas.

En cuanto a los servicios regulares de transporte de viajeros de uso especial se realizarán la totalidad de los servicios habituales.

Se mantienen, asimismo, la totalidad de los recursos para el dispositivo aéreo de emergencia y para la mayoría de los servicios de protección y reforma de menores, como los centros de acogida y promoción.

Entre otros aspectos, el Decreto regula los servicios mínimos de información en los medios de comunicación públicos, 7 Región de Murcia y Onda Regional, que ofrecerán sus habituales espacios informativos.

Servicios mínimos en las universidades públicas de la Región

Igualmente, el Ejecutivo regional ha dado el visto bueno, a propuesta de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, al Decreto que regula los servicios mínimos en la Universidad de Murcia (UMU) y en la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT).

En cuanto al personal docente e investigador de ambas universidades, se han establecido como servicios mínimos aquellos que deban participar este día en la realización de evaluaciones parciales a los alumnos.

En cuanto al personal de Administración y Servicios de la UMU, los servicios mínimos se fijan en una persona por turno en Animalario y hospital Clínico Veterinario; un auxiliar de servicios por edificio y turno; otra persona por turno en el Área de Tecnología de la Información y las Comunicaciones aplicadas; otra en el Registro General; y dos personas en la Secretaría del Edificio Convalecencia.

Por su parte, en la UPCT los servicios mínimos de Administración y Servicios se fijan en una persona en el Registro General, una persona de soporte y una persona del Servicio de Informática; dos personas en la Secretaria del Rectorado; un auxiliar de servicios de conserjería por Escuela o Facultad y turno; un auxiliar por turno en el rectorado; un técnico en la unidad Técnica; y una persona en el Registro General.

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