La Audiencia notifica la reapertura de las diligencias del yacimiento de San Esteban con el fin de "agotar la instrucción judicial"

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La Audiencia Provincial de Murcia ha notificado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el auto por el que acuerda la reapertura de las diligencias previas relativas a los restos arqueológicos del Jardín de San Esteban, con el fin de agotar la instrucción judicial.

El auto estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, Huermur, Foro Ciudadano de la Región de Murcia  y Ecologistas en Acción de la Región de Murcia contra los dos autos de archivo dictados por el Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia.

Una vez decretado el archivo de las actuaciones por parte de la Juez que investigaba el caso, no han aparecido nuevos documentos, testimonios u otras pruebas que puedieran aportar nuevos datos a la causa. No obstante, la Audiencia Provincial entiende que siguiendo la jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la instrucción del procedimiento debe completarse y para ello insta la declaración del director general de Bellas Artes y Bienes Culturales y el arqueólogo firmante de los informes, aclarando que la dignidad de los mismos, "en ningún caso se desmerece ni se ve afectada de modo irrecuperable por prestar declaración como imputados"

Tal y como establece el auto de la Audiencia en su razonamiento jurídico primero, el criterio de la instructora, expuesto en sus dos autos recurridos, de 15 de noviembre de 2010 y de 1 de febrero de 2011, atiende a  considerar que de las diligencias de instrucción practicadas no se aventura la comisión de ninguno de los delitos inicialmente contemplados y que dieron lugar a la incoación de las diligencias previas.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, recuerda que fue esta Dirección la que ordenó la excavación de todo el depósito arqueológico con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto, al encontrarse el Jardín de San Esteban en una zona con protección arqueológica Grado 2 Ar en el Plan Especial de Conjunto Histórico de Murcia (PECHAM) y que esta Administración, en ningún momento autorizó el proyecto de "extracción, almacenamiento y reubicación de los restos islámicos (ss. XII-XIII) del Jardín de San Esteban (Murcia)" como se explicó al Juzgado de Instrucción en los documentos que obran en el mismo.

El punto 4 de la Resolución de 30 de noviembre de 2009, objeto de la causa abierta, es clara al respecto y establece textualmente que "tras la resolución definitiva de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales sobre la totalidad de los restos a conservar, aún pendientes del avance de la actuación arqueológica, se remitirá el preceptivo proyecto de extracción, almacenamiento y reubicación de los restos islámicos (ss. XII-XIII) del Jardín de San Esteban (Murcia) para su informe y, en su caso, aprobación, por la citada Dirección General".

La Consejería de Cultura y Turismo señala que no es la primera vez que el Ministerio público solicita que un Juzgado llame a declarar en calidad de imputados a los técnicos del Servicio de Patrimonio Histórico y a su Director General, como en el caso del Monte Sacro, con el fin de completar la instrucción, archivándose posteriormente la causa.

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