El Colegio de Veterinarios de Murcia califica como "injusta y desproporcionada" la sanción impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia

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Ante la sanción impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia al Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia en relación con la regulación de la vacunación antirrábica e identificación de animales de compañía, esta institución colegial considera que la misma es "injusta y desproporcionada y va a ser recurrida ante la Audiencia Nacional.

Ante la sanción impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia, el Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia quiere expresar que se limita a coordinar en el ámbito de la Región de Murcia la vacunación antirrábica y la identificación animal y el veterinario que voluntariamente solicita la habilitación para la vacunación antirrábica y la identificación se obliga al cumplimiento de las normas establecidas, siendo el Colegio la institución garante ante las Administraciones y la sociedad de la correcta ejecución de estas actuaciones profesionales.

Asimismo, el Colegio ha realizado las mismas actuaciones que realizan la mayoría de los Colegios Veterinarios de la geografía española y que en "absoluto se ha pretendido buscar el lucro ni enriquecimiento, sino mejorar la sanidad animal y la sanidad pública, a través de la coordinación de actuaciones de índole sanitarias, siempre velando por los animales y por los ciudadanos. Todo ello, ante el vacío normativo existente en la Región de Murcia, debido al cual, el Colegio ha seguido fundamentalmente las pautas distadas por la administración regional hasta 2005 con el fin de mejorar el estatus sanitario de los animales de compañía de esta Región, y , por tanto, mejorar el nivel de salud pública de los murcianos".

Desde 2006, ante la ausencia de regulación administrativa nacional y autonómica, para la implantación de un registro de identificación electrónica de animales de compañía, el Colegio de Veterinarios establece el denominado SIAMU cuya finalidad es la identificación y el censo de animales de compañía, mediante la implantación de microchips. Consecuentemente, en 2006 los registros de vacunación antirrábica se incorporan a este sistema para evitar la duplicidad de datos.

Además, en relación con el tema de la identificación el Colegio ha firmado convenios con distintos municipios de la Región de Murcia efectos de colaboración, así como de suministros de censos, tanto de animales registrados como vacunados.

La realización de la vacunación antirrábica conlleva por parte de esta institución colegial la supervisión de la vacuna con su número de lote, el número de dosis que cada veterinario administra y lógicamente toda la información de carácter formal que conlleva la comunicación oficial de la vacunación que es obligatoria.

Por tanto, el Colegio considera que "no ha cometido ninguna mala actuación, pues siempre velamos por la salud de los animales, dar facilidades a sus propietarios, coordinar las actuaciones de los veterinarios y canalizar la información tanto de las vacunaciones e identificaciones a las administraciones. Lo que conlleva un estricto control totalmente justificado por razones sanitarias".

En definitiva, desde el Colegio de Veterinarios De Murcia "lamentamos profundamente la errónea interpretación de la regulación de la vacunación antirrábica e identificación de animales de compañía, y no dudamos que en sede judicial la desafortunada resolución de la Comisión Nacional de la Competencia será anulada.

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