El PSOE pide a Valcárcel que aplique el impuesto de patrimonio para las grandes fortunas

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El diputado Alfonso Navarro indicó que "parece lógico que en estos momentos de crisis, las grandes fortunas y patrimonios contribuyan en función de sus capacidades y hagan un mayor esfuerzo los que más tienen"

El responsable de Economía y Hacienda del Grupo Parlamentario Socialista, Alfonso Navarro ha presentado una moción en la Asamblea en la que reclama al presidente Valcárcel que aplique el impuesto de patrimonio para las grandes fortunas de la Región, igual que ya han hecho otras comunidades autónomas.

"No entendemos que el Gobierno de Valcárcel, que aplaude la reforma laboral, que retrasa el pago a dependientes, que provoca el despido de profesores y sanitarios y que no paga a proveedores vía recortes presupuestarios, haya decidido no aplicarlo en la Región, evitando que las grandes fortunas y patrimonios contribuyan en función de sus capacidades y hagan un mayor esfuerzo los que más tienen".

El diputado explicó que el objetivo del restablecimiento de este tributo en nuestra Región es obtener una recaudación adicional y reforzar el principio de equidad. "Con ello se logrará una mejor distribución de la renta y la riqueza complementando, en estos momentos de especiales dificultades presupuestarias, el papel que desempeñan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones".

Añadió que "Valcárcel no tiene problema en aplaudir la subida del IRPF que afecta a todos los ciudadanos y, sin embargo, se opone a que den ejemplo y contribuyan más las grandes fortunas".

Legislación

Mediante el Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, exclusivamente para los ejercicios 2011 y 2012, de manera que el devengo del impuesto se producirá el próximo 31 de diciembre de 2012, únicamente para los contribuyentes con mayor capacidad económica, ya que la norma dispone el mínimo exento del impuesto hasta 700.000 euros. En el caso de la vivienda sólo se tributaría en el caso de aquellos inmuebles cuyo valor supere los 300.000 euros.

Al amparo del artículo 47 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, las Comunidades Autónomas tienen, en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, competencias para regular el mínimo exento, el tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones en la cuota, que se aplicarán con posterioridad a las establecidas por el Estado y no podrán suponer una modificación de las mismas.

El impuesto sobre el Patrimonio se estableció por la Ley 19/1991, de 6 de junio, y fue exigible hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.

Esta norma, sin ser derogada, eliminó la obligación efectiva de contribuir por el Impuesto sobre el Patrimonio, entre otras razones, por haber disminuido su capacidad redistributiva al gravar principalmente patrimonios medios.

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