ASAJA MURCIA considera que la Ley de Valor de la Cadena Alimentaria "enriquecerá más" la fortaleza del sector agroalimentario murciano con el contrato alimentario

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La organización profesional agraria ASAJA Murcia ha señalado que la Ley de Valor de la Cadena Alimentaria, aprobada recientemente por el Gobierno, va a permitir "enriquecer más la fortaleza del sector agroalimentario de la Región de Murcia y, sobre todo, hacerlo más competitivo y dinámico", a través del contrato alimentario.

Para el Secretario General de ASAJA Murcia, Alfonso Gálvez Caravaca, "la principal novedad de esta Ley es la creación del contrato alimentario, que es sin duda una pieza indispensable en las relaciones comerciales entre los distintos agentes que intervienen en la cadena alimentaria".

El titular de ASAJA Murcia subraya que "el contrato es obligatorio cuando el importe de la compraventa sea superior a 2.500 euros y además exista situación de desequilibrio. Éste se puede producir cuando uno de los operadores tenga la condición de PYME y otro no, o que uno de éstos tenga la condición de productor primario, o incluso que tenga una situación de dependencia económica, es decir aquélla en la que la facturación de producto de aquél respeto de este sea al menos de un 30% de la facturación del producto del primero en el año precedente".

"Este contrato debe formalizarse antes del inicio de las prestaciones que tengan su origen en los mismos", matiza Gálvez Caravaca.

En los contratos alimentarios, indica el portavoz de ASAJA Murcia se deben incluir en los mismos "el objeto del contrato, identificación de las partes contratantes, precio del contrato, con expresa indicación de todos los pagos incluidos; los descuentos aplicables que se determinarán en cuantía fija o variable, las condiciones de pago así como las condiciones de entrega y puesta a disposición de los productos. Además, están los derechos y obligaciones de las partes contratantes, la duración del contrato así como renovación y modificación del mismo, unido a causas, formalización y efectos de la extinción del mismo".

Sanciones económicas por no utilizar el contrato

"La no utilización del contrato supone que se impondrán dos tipos de infracciones, las leves que contemplan multas de hasta 3.000 euros y las graves, cuyas sanciones están entre los 3.001 y 100.000 euros", apunta Gálvez Caravaca.

Además, el dirigente de ASAJA Murcia ha hecho especial hincapié en que "la nueva Ley también contempla la creación de la Agencia de Información y Control Alimentario, así como el Observatorio de la Cadena Alimentaria, dos herramientas fundamentales para que el sector agroalimentario tenga una estructura más profesionalizada y mucho más agilizada".

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