La Comunidad organiza una jornada sobre igualdad de trato y no discriminación en las Administraciones Públicas

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Participan expertos del Instituto de la Mujer para la Igualdad de Oportunidades y de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad

La Comunidad organiza una jornada sobre igualdad de trato y no discriminación en las Administraciones Públicas

En el encuentro también colaboran la Consejería de Sanidad y Política Social y la de Educación, Cultura y Universidades

La Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública, adscrita a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, celebró hoy la jornada 'La aplicación del principio de igualdad de trato y no discriminación en las Administraciones Públicas', en la que se presentaron casos de buenas prácticas en esta materia en diversas instancias públicas del ámbito educativo, universitario, local y regional.

El consejero Francisco Martínez Asensio, que inauguró la jornada, explicó que el objetivo es "poner en común el compromiso y el trabajo de los empleados públicos implicados en las políticas de igualdad en diferentes administraciones de la Región". La temática a abordar es de "alto interés" para cualquier Administración, ya que "la discriminación supone un trato menos favorable, una desventaja particular para la persona por alguna circunstancia personal o social, por razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, religión o creencias, discapacidad, edad u orientación sexual". La discriminación impide el desarrollo pleno del potencial de la persona, mina la confianza en las virtudes de las sociedades democráticas y es causa de exclusión social.

La jornada, en la que colaboran las direcciones generales de Política Social, de la Consejería de Sanidad y Política Social, y la de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, contó también con la participación de expertos del Instituto de la Mujer para la Igualdad de Oportunidades y de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno de España.

Garantizar la igualdad de trato

El principio de no discriminación busca garantizar la igualdad de trato y, con ello, los derechos fundamentales de las personas. Ha de regir las políticas públicas, haciéndose real y efectivo en todos los ámbitos. Por ello, según el consejero, la gestión de recursos humanos y la atención a la ciudadanía por parte de las Administraciones Públicas "debe estar libre de toda discriminación, respetar la dignidad de cada persona y crear un entorno inclusivo, con el diseño una verdadera estrategia de atención a la diversidad".

La celebración de este encuentro se enmarca en el cumplimiento de la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia. Una ley, precisó Martínez Asensio, que establece que los organismos de formación del personal de la Administración regional y local incluirán en sus respectivos planes y programas de formación seminarios, cursos o módulos dirigidos a formar a su personal en la promoción de la igualdad de género.

El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) recoge los principios éticos del personal público y, en concreto, que su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Martínez Asensio se refirió al Tratado de Lisboa (2009) de la Unión Europea, que ratifica en su artículo 2 que combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección social, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño.

Igualmente, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE establece la prohibición de toda discriminación y, en particular, la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual

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