Entrada en vigor de la Orden INT 1008/2017 que regula la distribución, venta y uso de armas detonadoras

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Entrada en vigor de la Orden INT 1008/2017 que regula la distribución, venta y uso de armas detonadoras

Publicada el pasado 24 de octubre afectará a los establecimientos dedicados a la venta de pistolas y revólveres detonadores, así como a los particulares y empresas que las adquieran o las tengan en su poder

La Benemérita velará por el cumplimiento de esta normativa para garantizar la seguridad ciudadana

El empleo o exhibición de este tipo de armas, debido a su apariencia de arma de fuego real, pueden ocasionar alarma social

La Guardia Civil de la Región de Murcia, a través de sus intervenciones de armas, pone en conocimiento de los ciudadanos y las empresas del sector, la entrada en vigor de la Orden INT 1008/2017, de 24 de octubre, que regula el régimen aplicable a las pistolas y los revólveres detonadores.

Esta normativa ha visto la luz debido al aumento alarmante del empleo de este tipo de armas en ámbitos cercanos a la delincuencia e incluso en la comisión de delitos violentos. Muchas armas detonadoras intervenidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad habían sido, además, manipuladas para poder disparar munición real.

Entre los factores que se encuentran en el origen de esta situación pueden destacarse la facilidad de acceso a las armas detonadoras en numerosos establecimientos comerciales sin ningún tipo de autorización o licencia y a un precio asequible; la apariencia física de estas armas, que carecen de distintivo o dispositivo externo alguno que las diferencia de las verdaderas armas de fuego, o la fácil transformación en armas de fuego reales, con herramientas comunes o incluso sin utilizar herramienta alguna, por su diseño y los materiales empleados en su fabricación.

Por razones imperiosas de seguridad ciudadana, esta normativa recoge como novedades más importantes las medidas oportunas a fin de que la adquisición, tenencia y uso de las mismas estén destinadas a las actividades para las que están concebidas como son el adiestramiento canino profesional, actividades deportivas y recreativas, espectáculos, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, así como las destinadas fines coleccionistas.

Las personas o empresas interesadas en la adquisición de este tipo de armas deberán reunir los requisitos necesarios, que serán acreditados en los establecimientos autorizados por las Autoridades Gubernativas y con el conocimiento previo de las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.

Un mes para los establecimientos comerciales y seis meses para empresas y particulares

A partir del próximo 24 de noviembre, las armerías y establecimientos autorizados para su venta deberán habilitar los oportunos libros de registro de entrada y salida, donde quedarán reseñadas las armas que cada establecimiento tenga en stock.

Por otra parte los poseedores de este tipo de armas dispondrán de seis meses, desde la entrada en vigor de esta norma reglamentaria, para legalizarlas conforme a los requisitos establecidos.

Los que deseen deshacerse de las mismas podrán depositarlas en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil más próxima a su domicilio, donde se les dará el destino reglamentario.

Las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de la Región de Murcia han remitido a los diferentes establecimientos autorizados escritos sobre la publicación, entrada en vigor y normas de actuación que, desde el pasado día 24 de octubre de 2017, se deberán tener en cuenta para la tenencia, distribución, venta y uso de estas armas detonadoras.

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