SIDI: ¿Plagio y despropósito en la Ley de Gratuidad de Libros de Texto?

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Desde SIDI nos parece sonrojante para el colectivo docente, que la Ley supuestamente elaborada por la Asamblea Regional sea un vulgar "corta y pega" del documento publicado en la Comunidad de Madrid, y del que copia literal e íntegramente más de 40 párrafos. En el colectivo docente se elimina a cualquier participante en un procedimiento por plagio, sin embargo esto de comprobar como los políticos copian unos de otros no es muy ejemplarizante.

Esta ley, cuyo fondo compartimos, se elabora de forma apresurada buscando la foto electoral, lo que supone crear una serie de inconvenientes y problemas que por desgracia nuestros políticos no han previsto, Tratar de aplicar una ley en 4 meses, como estipula la Asamblea, sin desarrollo normativo, es imposible. Y se va a hacer del único modo que la legislación actual en contratos te permite para que los centros puedan adquirir o encargar los libros para septiembre

El hecho de no disponer de una partida presupuestaria (vuelven a olvidarse los políticos de este pequeño matiz) hace que no pueda desarrollarse inicialmente como lo hizo en su día el bonolibro, con subvención directa a las familias, y como no hay entidad bancaria que facilite en un mes ese desarrollo, se ha optado por la contratación directa de los centros educativos, limitada eso sí, a los 15.000 euros que la normativa permite en contrataciones menores por objeto.

Por desgracia, en esta ley se coartan derechos constitucionales de los docentes como el de libertad de expresión y cátedra (artículo 20.1 CE), quienes se ven supeditados a la elección de libros de texto de forma que se ajusten al máximo permitido (150€ por alumnos de E. Primaria y EE y Aulas Abiertas y 100€ por alumnos de FP Básica). De igual forma esta ley es contraria a los principios recogidos en la disposición adicional cuarta de la LOE. También contraviene el artículo 120.2 LOE 2.. Afectando directamente a los gastos de gestión de los centros si sobrepasan la cantidad de dinero estipulada. Lo mismo sucede con el Artículo 10.2 de la Ley 2/2018 "2.. Recordemos que solo podrán seleccionarse libros y material curricular que superen la cantidad asignada si el centro dispone de fondo de reserva suficiente para ello o asume directamente dicho gasto.

Además, la elección ha de hacerse a contrarreloj por parte de los docentes y en muy pocos días. Esta elección no puede ser libre por varios motivos: la comparación entre centros que decidiesen ajustarse a las cantidades previstas y otros que las sobrepasasen, harían que los padres y madres no entendiesen que en un centro los libros sean gratuitos y en otro no, lo que puede llevar a un trasvase en las matriculaciones y otros problemas derivados y desde nuestro punto de vista lo más preocupante es que aunque en la ley se habla de los centros que trabajen por proyectos, solo el material que en la ley se define como susceptible de formar parte del banco de libros es el que puede ser comprado o pagado por los centros, no dando ninguna ayuda a estos centros para que sus familias no soporten el coste del material fungible de estos proyectos, en definitiva, la gratuidad única y exclusivamente de libros de texto y material reutilizable, dificulta, en los centros, la apuesta definitiva de la adopción de metodologías innovadoras, alejadas de los libros de texto. Los centros educativos con proyectos de innovación cuyo material no es reutilizable pero que pagan las familias, están en desventaja con los centros que tradicionalmente trabajen con libros de texto, lo que no fomenta, precisamente, la innovación educativa, y podría entrar en conflicto directamente con lo estipulado en el capítulo II de la LOE sobre autonomía de los centros educativos.

Además de lo anterior, esta ley ha creado un conflicto laboral y empresarial importante. Al parecer las grandes editoriales han decidido crear "pack de libros" totalmente ajustados al precio final de la ley, para ello prescinden de la distribución de pequeñas librerías y se convierten en vendedores directos sobre los centros educativos, esto afecta de forma indirecta a la elección editorial de los claustros cuando te "advierten" que ese precio final ajustado solo se mantiene si se compra todo el "pack" a la misma editorial. Hasta la fecha en un mismo grupo podíamos encontrar diversas editoriales.

Ya hace tiempo que se echa en falta la supervisión de las administraciones educativas y del Tribunal de la Competencia sobre algunas de las grandes editoriales de este país para que se valore el por qué los precios de los libros de texto tienen ese margen tan ajustado y homogéneo de las editoriales sobre todo cuando no hay proporcionalidad entre lo que cuestan y por ejemplo el volumen o extensión del libro de texto

Tampoco hay que olvidar la incompatibilidad que atribuyen en la propia Ley con otras subvenciones que puedan recibirse. Normalmente lo lógico hubiese sido una complementariedad de las mismas por lo que en algunos centros cuyas enseñanzas peculiares vienen regidas por ayudas especiales tendrán que elegir entre esta ley u otra que ya vienen disfrutando.

Para SIDI es un despropósito la forma de elaborar esta Ley y esperamos que sea modificada en aquellos aspectos anteriormente mencionados.

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