Ciudadanos solicita que los pensionistas con incapacidad dispongan de una tarjeta acreditativa sin tener que someterse a la revisión del IMAS

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Juan José Molina: "El objetivo es que los perceptores ostenten automáticamente la condición de discapacitados con los derechos y ventajas que ello conlleva"

Ciudadanos solicita que los pensionistas con incapacidad dispongan de una tarjeta acreditativa sin tener que someterse a la revisión del IMAS

Ciudadanos ha registrado una iniciativa en la Asamblea Regional en la que ha solicitado que aquellos pensionistas de clases pasivas que tienen reconocida una pensión de retiro por incapacidad permanente o inutilidad y que tengan reconocido un grado de minusvalía no se les exija que pasen por un tribunal del IMAS para que éste acredite la minusvalía.

Juan José Molina, diputado regional de Ciudadanos, ha señalado que la aprobación del Real Decreto legislativo 1/2013 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, introduce novedades. En este sentido, la petición de Ciudadanos contempla que se adecue la ley regional a la ley nacional, con el fin de beneficiar a las personas afectadas "ya que el IMAS está denegando de forma sistemática las solicitudes que se están realizando".

"El objetivo es que los perceptores de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, ostenten automáticamente, a todos los efectos, la condición de discapacitados, con los derechos y ventajas que ello conlleva, sin tener que acudir a una declaración expresa en tal sentido" ha explicado Molina.

Según el artículo 4.2 del citado Real Decreto tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y  los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

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