Huerta Viva denuncia la destrucción y ocupación del talud del Malecón por parte del colegio AYS

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Huerta Viva denuncia la destrucción y ocupación del talud del Malecón por parte del colegio AYS

En las alegaciones al Plan Especial de Protección Paisajística y Monumental del Paseo del Malecón, la asociación ha advertido al Ayuntamiento que no se puede utilizar el plan para reclasificar suelo, ya que se pretende que la parcela de máxima protección que ocupa el colegio pase a ser Equipamiento.

La asociación Huerta Viva ha presentado a la Dirección General de Bienes Culturales un escrito denunciando que la parcela en la que se encuentra el colegio concertado AYS solamente tenía un acceso de servidumbre por el cruce de las Cuatro Piedras a través de la finca colindante, por lo que para ampliar la entrada a vehículos se destruyó y ocupó una parte del talud del Malecón que es un espacio público protegido.

En 1982 el Paseo del Malecón fue declarado bien de interés cultural incluyendo el talud que sirve para fortalecerlo. Según la Ley de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, al tratarse de una intervención sobre un inmueble declarado bien de interés cultural sin la preceptiva autorización nos encontramos ante una infracción muy grave con sanción que obliga a la reparación del daño y multa de tanto al cuádruplo del valor del daño causado.

Por otro lado, Huerta Viva ha presentado alegaciones al Plan Especial de Protección al ver que el Ayuntamiento pretende reclasificar el suelo de máxima protección NR-Aj en el que está el colegio a Equipamiento. Según el Plan General de Ordenación Urbana, este suelo está sujeto a las máximas restricciones y cautelas frente a todo tipo de transformaciones urbanísticas, pero, a pesar de esta exigencia, en 2002 se permitió la construcción del colegio como resultado de la declaración de interés público en una zona sobredotada de centros educativos, convirtiéndose en una edificación de gran impacto paisajístico.

Para Huerta Viva la declaración de interés público es una situación excepcional otorgada por la labor que se va a desarrollar, pero nunca puede suponer una reclasificación de suelo ya que esto supondría un tremendo beneficio económico a sus propietarios, y menos aún a través de un plan cuyo principio es la recuperación y protección paisajística de un bien cultural que ha sido maltratado durante mucho tiempo.

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