MURCIA TÉCNICA DEL ESPECTÁCULO informa de una prensa movilización el 17 de septiembre

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MURCIA TÉCNICA DEL ESPECTÁCULO informa de una prensa movilización el 17 de septiembre

COMUNICADO PRENSA MOVILIZACION 17S

 MURCIA TÉCNICA DEL ESPECTÁCULO, asociación de trabajadores profesionales del sector de los espectáculos y eventos, organizara junto a UEPEMUR ambas pertenecientes a la Mesa Sectorial de la Industria y en colaboración con múltiples asociaciones artísticas y culturales de la región una MOVILIZACION el día 17 de septiembre en Murcia centro, sincronizada con todas las capitales del país.

 Actúan bajo el paraguas de ALERTA ROJA, Movimiento de Unificación Sectorial de la Industria del Espectáculo y los Eventos, creado por más de 40 asociaciones de todo el país y que conforman la Mesa Sectorial.

 Se suman a la organización de este histórico día para demostrar la unión del sector con el fin de obtener el justo valor y necesario reconocimiento al mismo.

 La movilización tiene carácter pacífico y conciliador; comenzará con una marcha representando la muerte del sector y la llegada a una importante plaza donde se procederá a la iluminación de edificios en color rojo (#alertaroja) y lectura del manifiesto, creado para plantear las necesidades urgentes del sector, su visibilización y reconocimiento.

 Este movimiento representa la unión internacional por primera vez en la historia bajo los lemas #wemakeevents #hacemoseventos #redalert #alertaroja, y ya se está desarrollando en UK, Portugal, USA...

 Puedes seguir este movimiento a través de sus rrss bajo el nombre en España de @alertarojaeventos o en la web alertarojaeventos.com

Las medidas urgentes para el rescate del sector son:

1º.- Que se reconozca al Sector del Espectáculo y los Eventos entre los sectores principalmente afectados por la pandemia de la Covid-19, por haberse visto obligado a cesar su actividad incluso con anterioridad a la declaración del estado de alarma, y que, al igual que el sector del turismo y por su carácter transversal al mismo, sea considerado por instituciones y administraciones públicas, un sector especialmente

perjudicado y prioritario.

2º.- Reactivación inmediata de las agendas culturales y de eventos de las administraciones públicas, en especial las de las entidades locales, bajo el estricto cumplimiento de todos los protocolos de seguridad sanitaria.

Para lxs trabajadorxs autónomxs:

3º.- Prórroga de la prestación especial por cese de actividad, hasta su reactivación con una recuperación del 100% de aforos, a lxs que continúan con su actividad paralizada, con exención al 100% de la cuota del RETA, y posibilidad de acceso reduciendo el requisito de la disminución de ingresos al 30% en relación con los mismos trimestres

del año anterior. Cotización escalonada según días trabajados.

4º.- Adopción de medidas legislativas específicas para lxs que, debido al carácter estacional e intermitente de la actividad, no se encontraban de alta en el sistema de la seguridad social o se encontraban de baja por enfermedad en el momento de inicio de la pandemia. Acceso a las prestaciones por cese de actividad hasta su reactivación con una recuperación del 100% de aforos.

5º.- Reconocimiento de cese de actividad Extraordinaria por fuerza mayor a lxs trabajadorxs autónomxs con menos de 2 años de alta en el RETA. Acceso a las prestaciones por cese de actividad hasta su reactivación con una recuperación del 100% de aforos.

6º.- Reducción del tipo impositivo y/o establecimiento de deducciones en la cuota del IRPF para trabajadorxs autónomxs y profesionales del sector desde su incorporación a la actividad, teniendo en cuenta la estacionalidad e intermitencia de su actividad.

Para lxs trabajadorxs por cuenta ajena:

7º.- Durante el periodo de inactividad, y hasta que se reactive con una recuperación del 100% de los aforos, lxs trabajadorxs no verán consumido su derecho a prestaciones y/o subsidios, teniéndose en cuenta el carácter retroactivo de esta medida desde el 14 de marzo del 2020.

8º.- Reconocimiento de la actividad como intermitente y adopción de medidas legislativas referentes al régimen de cotización y protección social, permitiéndose la obtención automática de prestaciones de desempleo en cada periodo de inactividad que sucede entre contrato y contrato de trabajo una vez alcanzadas un número de horas mínimas.

Para las empresas:

9º.- Recuperación de los ERTE por fuerza mayor total con exención del 100% de las cotizaciones en seguridad social, hasta que sea posible trabajar con el 100% de los aforos y mantener la prestación de todo el personal afectado por un ERTE en el 70% de la Base Reguladora.

10º.- Adaptación específica de los instrumentos de regulación de empleo a la estacionalidad e intermitencia de la actividad según se vaya recuperando la actividad. La nueva regulación de la fuerza mayor parcial resulta totalmente incompatible con las dinámicas de trabajo de este sector que únicamente precisan de la reincorporación de trabajadorxs para escasos días, incluso para estos supuestos, se debe cotizar tanto por lxs trabajadorxs reactivados como por lxs trabajadorxs que continúan en el ERTE, lo que implica que las empresas del sector tengan que trabajar a pérdidas.

11º.- Reducción del tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para los ejercicios 2020 y 2021, y aplazamientos excepcionales sin garantías en deudas tributarias de cualquier cuantía, a 18 meses sin intereses. Exención para los mismos periodos del Impuesto sobre actividades económicas, Impuesto sobre Bienes Inmuebles afectos al desarrollo de la actividad, así como tributos locales, tasas e impuestos especiales vinculados al desarrollo de la actividad empresarial.

Para el sector:

12º.- Establecimiento de ayudas directas a autónomxs y empresas del sector que acrediten una disminución del volumen de ingresos superior al 50% en relación con el ejercicio anterior, vinculadas o no a la inversión realizada en ejercicios anteriores y al nivel de endeudamiento.

13º.- Aplicación del IVA reducido en los sectores vinculados a la Industria Cultural, del Espectáculo y Turismo de Congresos, Reuniones, Incentivos y Eventos (MICE), como medida dinamizadora de la actividad.

14º.- Moratoria en créditos ICO hasta la reactivación de la actividad entendida como la recuperación del 100% de los aforos.

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