Plataforma por una Atención Temprana universal, gratuita y de calidad

Fuente:

Plataforma por una Atención Temprana universal, gratuita y de calidad

PLATAFORMA POR UNA ATENCIÓN TEMPRANA UNIVERSAL, GRATUITA Y DE CALIDAD

La plataforma en defensa de la Atención Temprana (AT), está constituida por un grupo de asociaciones de padres/madres de niños/as con necesidades de Atención Temprana; de centros de desarrollo infantil y atención temprana (CDIAT), de profesionales con experiencia y formación en Atención Temprana a nivel Regional (ATEMP) y nacional (GAT) y de asociaciones deportivas que apoyan la defensa de la atención temprana en la región de la Región de Murcia.

ANTECEDENTES

Tras años demandando la regulación de este sector, el Gobierno Regional quiere aprobar en Consejo de Gobierno un Decreto Ley, que supone una merma contundente en la calidad de este servicio que, tradicionalmente en la región ha sido puntero a nivel nacional, como así lo demuestra la creación en la región de la primera cátedra de AT de España.

Las razones para la creación de esta plataforma surgen de la preocupación por determinados aspectos claves que aparecen en el decreto:

  • La implementación de un proceso administrativo largo, farragoso y complicado.
  • El baremo contemplado supone el peligro de exclusión, como usuarios de atención temprana, a una importante parte de la población: la población sin diagnóstico establecido o de diagnóstico complicado que se retrasa y principalmente la población de riesgo. (Los niños prematuros, por ejemplo)
  • El hecho de que será un servicio externo a los CDIAT, los equipos de educación (EOEP), los encargados de dictaminar la necesidad del servicio de AT. Además, serán los encargados de fijar la intensidad y periodicidad de las sesiones de intervención, así como los tipos de intervención y el seguimiento sobre el desarrollo de la misma.
  • La falta de consenso al no haber tenido en cuenta para su redacción la participación de los principales afectados e implicados (ATEMP, CRAT, esta misma plataforma y otras asociaciones de padres). Las alegaciones realizadas desde el año 2017 han sido ignoradas por la consejería.

El Libro Blanco y las Recomendaciones Técnicas sobre la AT son textos de referencia a nivel nacional e internacional. En estos textos se refieren al CDIAT como centros autónomos e independientes donde se lleva a cabo de forma íntegra el proceso de Atención Temprana. Este borrador atenta contra estos principios y otros los malinterpreta.

Por último, en la actualidad existe un modelo público de AT en la Región (el de los CDIAT municipales) que garantiza la atención sin que las familias tengan que realizar ningún copago; y sin que tengan que sufrir burocráticos y tediosos protocolos de derivación desde sanidad y educación. La propia familia puede dirigirse al CDIAT donde será atendida de inmediato.

Si bien es cierto, que para algunos municipios este decreto supone una mejora en cuanto a la eliminación del indeseable copago, para otros muchos municipios donde esta atención es 100% gratuita desde hace 30 años supone una merma y un retraso ya que la población susceptible de recibir el servicio de AT se verá sensiblemente disminuida. Esto es debido a que el baremo del decreto solo contempla discapacidad y diagnóstico médicos, que en muchos de los casos son tardíos. Además, los casos que sí se encuentran contemplados en dichos baremos verán disminuidos los servicios como la atención social y familiar que sí reciben actualmente.

DESARROLLO DE LAS LÍNEAS ROJAS PARA ESTA PLATAFORMA CON RESPECTO AL BORRADOR DE DECRETO

  1. Procedimiento de acceso al servicio de Atención Temprana (Capítulo III):

El procedimiento descrito en el decreto que se pretende aprobar obliga a las familias a pasar por una cantidad de trámites excesiva que actualmente no existen, que retrasaran la atención y propiciarán que muchas familias se queden en el camino.

Estos son los tramites que tendrán que realizar las familias:

1º DETECCIÓN DE LA NECESIDAD: Tener un informe de derivación realizado por profesionales de servicios sociales, sanitarios o educativos.

2º CONSEGUIR LA DOCUMENTACIÓN- ACUDIR A VENTANILLA ÚNICA: Presentar el informe de derivación junto la documentación requerida (entre otra la que acredite la patria potestad) y la solicitud de valoración técnica en ventanilla única/sede electrónica de la CARM.

3º EL IMAS RECIBE LA DOCUMENTACIÓN: Comienza entonces la fase incoación por el IMAS. En este momento, si el IMAS detecta que hay que subsanar cualquier requisito (documentación errónea, falta de algún documento...) la familia vuelve al paso anterior.

4º ESPERA Y RECEPCIÓN DE LA CITACIÓN PARA LA VALORACIÓN: Si no hay que subsanar nada la familia recibirá citación para ser valorada por el EOEP (hay que tener en cuenta que no existen EOEP en todas las localidades).

5º POSIBLE AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: Si el EOEP considera que la documentación aportada no resulta suficiente “podrá requerir a los sistemas sanitario, educativo y de servicios sociales cualquier información complementaria que considere oportuna”.

6º EL EOEP ENVÍA EL INFORME AL IMAS: Tras la valoración, el EOEP emitirá el correspondiente informe y lo remitirá al IMAS.

7º EL IMAS ASIGNA CDIAT: Es aquí cuando el IMAS asignará el CDIAT al que tiene que asistir la familia, cuya incorporación ha de producirse en el plazo de 6 días.

Curiosamente la familia sí ha de correr: “Transcurrido dicho plazo sin que el menor haya procedido al ingreso (…) se le tendrá por decaído por su derecho al ingreso”

La realidad de la limitación de ciertas familias para acceder a los medios informáticos, los tiempos de la ventanilla única, las complicaciones laborales de muchas familias (horarios extensos, trabajadores sin contrato que no cobran si no acuden a trabajar…), las barreras idiomáticas para cumplimentar las solicitudes, etc., aumenta el riesgo de que muchas familias, que ya atraviesan una delicada situación de vulnerabilidad, se pierdan en el camino.

Un ejemplo de estas complicaciones se encuentra en la posibilidad de que la familia no reciba, por causas ajenas a su voluntad, cualquiera de las notificaciones (subsanación de errores, denegación, aprobación,) en tiempo y forma, o cuando no pueda cumplir con los trámites administrativos de esas notificaciones en tiempo y forma.

  1.  Baremo: Tabla de relación discapacidad / intervalo de sesiones semanales de intervención en AT.

El baremo establecido no se ajusta a ningún documento científico ni a literatura de referencia. Tampoco recoge las indicaciones dadas en el Libro Blanco de Atención Temprana (redactado, por consenso, por profesionales de reconocido prestigio a nivel nacional)

  1. Este baremo no contempla los niveles de intervención en AT descritos en el Libro Blanco porque solo contempla en su baremo discapacidad y diagnósticos médicos.

Las necesidades de intervención de todos los niños y familias susceptibles de recibir AT no están recogidas en este baremo, al no contemplar necesidades no catalogables dentro de un diagnóstico definitivo ni sus factores de riesgo (que en el caso de estar incluidos podría ayudar a prevenir la discapacidad).

Además, hemos de tener en cuenta que, en muchos de los casos, estos diagnósticos son tardíos por la propia naturaleza del desarrollo infantil y de la discapacidad.

  1. Prematuridad, este baremo no contempla la intervención sobre la población de riesgo biológico, neurológico y social, representando ésta, en la actualidad, un importante porcentaje de usuarios atendidos en los CDIAT y el de mayor eficacia en prevención personal, familiar, social y económica (en este punto, incluida la prevención para el propio sistema de Seguridad Social español). Los niños prematuros dejaran de ser usuarios de este servicio, por lo menos hasta que no muestren, al menos, un retraso madurativo. La prevención de ese posible retraso madurativo es justamente por lo que actualmente atendemos a esta población en los centros.

El decreto nos retira la posibilidad de prevenir algunas alteraciones en el desarrollo y de prevenir que las secuelas de una alteración sean las menos y las más leves posibles.

  1.  Otros ejemplos de por qué no estamos de acuerdo con este baremo y que muestran su falta de rigor científico son:
    1.  La estimulación global (…) es incompatible con el resto de tratamientos.” Un niño menor de dos años no puede recibir sesiones de estimulación junto con sesiones de fisioterapia, por ejemplo: ¿Quién trata al niño con una alteración motora asociada a una alteración cognitiva, el fisioterapeuta o el estimulador global?
    2. Contempla sesiones de apoyo psicopedagógico: este tipo de intervención que se lleva a cabo en el entorno escolar, no es una intervención en AT.
  • No permite que puedan recibir sesiones de fisioterapia niños con un diagnostico de discapacidad intelectual, trastornos del desarrollo (TGD-TEA), discapacidad visual, deficiencia auditiva, discapacidad múltiple, entre otros. Actualmente, en los CDIAT sí se contemplan las necesidades de intervención por parte de un fisioterapeuta en estos niños.
  1. Otro ejemplo: las sesiones de estimulación multisensorial no están contempladas para los niños con discapacidad intelectual, niños con trastornos del desarrollo (TEA-TGD), alteraciones madurativas, alteraciones psicomotoras, discapacidad visual o auditiva…
  2. ``Para la prescripción de las sesiones se tendrá en cuenta los apoyos que el menor y su familia puedan estar recibiendo de otros sistemas (sanitario, educativo, servicios sociales, etc.) y si éstos resultaran o no suficientes´´. De esta forma este decreto equipara sesiones de atención temprana con las sesiones de apoyo recibidas en un colegio y con las sesiones de rehabilitación recibidas en un hospital.

La principal consecuencia de la aplicación de este baremo es la exclusión de una importante parte de la población de riesgo que actualmente supone un gran porcentaje de usuarios en los centros de AT. Otra consecuencia es la falta de rigor y la incorrecta asignación de los diferentes tipos de intervenciones. Por último, vuelve a confundir atención temprana con el servicio prestado por los sistemas sanitario, educativo y social.

  1.  Procedimiento de valoración por los EOEP.

Los profesionales de los EOEP son grandes profesionales del ámbito educativo. La Atención Temprana no es Educación. Los encargados de redactar este decreto se han confundido ambas disciplinas y las diferencias entre ambas con mayores repercusiones para las familias son:

  1. La valoración es un proceso, no puede realizarse en una sesión.

La población infantil y su familia no puede, ni debe ser valorada puntualmente en una sesión. Tampoco se pueden tomar decisiones respecto a la futura intervención sin tener en cuenta aspectos fundamentales del neurodesarrollo como la influencia de la familia y del entorno, la plasticidad cerebral, las peculiaridades de los trastornos del desarrollo…

  1. El equipo que realiza la valoración debe ser el mismo que el equipo de intervención, es decir, de la evaluación se extraen, no solo los objetivos de intervención sino también la intensidad de la misma. En la actualidad, los profesionales de los CDIAT’s establecen dichos objetivos y la intensidad de la intervención adaptándose a la natural variabilidad del desarrollo del propio niño, su familia y su entorno. Esta variabilidad implica que en ocasiones las intervenciones, su intensidad y frecuencia cambien de semana en semana en un continuo proceso de adaptación a la nueva realidad del niño, su familia o su entorno. El decreto contempla que dicha variabilidad ha de ser aprobada también por los EOEP.
  2. Los equipos de orientación están especializados en temas educativos que no es lo mismo que atención temprana:
    1. Sin formación específica en atención temprana.
    2. Falta de adecuación a la situación global del niño al no incluirse entre sus competencias y herramientas de valoración las relacionadas con el entorno y a la familia.
  • Una perspectiva y abordaje excesivamente vinculado a los problemas que surgen, se manifiestan o abordan en el entorno educativo.
  1.  Riesgo de pérdida de calidad
    1. El decreto no exige un sello de calidad, no recoge los requisitos mínimos que deberán tener los CDIAT para su homologación tales como: composición del equipo, formación necesaria, coordinación interdisciplinar, instalaciones, materiales, etc. Podría darse el caso de que gabinetes o clínicas privadas de rehabilitación, apoyo o refuerzo escolar se consideraran prestadores del servicio de AT.
  1.  No contempla un equilibrio territorial.
    1. Entre los principios básicos de la Atención Temprana encontramos la Descentralización y la Sectorización. El CDIAT debe realizar todo el proceso de Atención: prevención, detección, valoración interdisciplinar, atención terapéutica, alta o derivación. Este sistema organizado en torno a las necesidades de la familia y en su proximidad, debe incluirse en las redes de atención primaria, servicios sociales y en la inmediación de escuelas infantiles, así como en la vecindad de la familia. (Libro Blanco de la atención Temprana) La sectorización tiene en cuenta conceptos tales como proximidad, adecuación a la demanda, funcionalidad y calidad operativa de los equipos. Tampoco se contemplan estos aspectos en el actual borrador de Decreto.
  1.  Falta de consenso
    1. Si bien es cierto que se ha permitido realizar algunas alegaciones desde diferentes colectivos y actores dentro del campo de la AT, la mayoría han sido denegadas no habiéndose ni siquiera interpretado correctamente conforme al espíritu que querían transmitir.
    2. Estamos ante un decreto en el que no se ha tenido en cuenta para su redacción la participación de los principales afectados e implicados ni las diferentes sensibilidades y experiencia acumulada de los profesionales del sector. Este hecho hace que su falta de consenso dé como resultado una norma alejada de la realidad qué es hoy en día la AT en la Región de Murcia.
    3. Este decreto no cuenta con el apoyo de los Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana (CDIAT) de la red pública pertenecientes a los distintos municipios de la Región ni ha sido consensuado con la Asociación de Profesionales de AT (ATEMP) ni con la Comisión Regional de AT (CRAT), y por supuesto tampoco con todas las Asociaciones de padres/madres, de enfermedades raras y discapacidad.

ACCIONES REALIZADAS

Esta plataforma ha elaborado un decálogo que aboga por una AT universal, gratuita y de calidad.

Además, La Plataforma de Atención Temprana se reunió con Toñi Abenza, parlamentaria del PSOE y algunos concejales de Política Social de la Región de Murcia para explicarles en que consiste el decreto que el Consejo de Gobierno pretende aprobar y pedirles que presenten en sus respectivos ayuntamientos una moción con los siguientes dos acuerdos:

  1. El Ayuntamiento de ______ instará al gobierno regional a que tras escuchar las reivindicaciones y propuestas de la Plataforma en Defensa de la AT, propicie reuniones con los técnicos, reformule el formato de borrador, así como su contenido, teniendo en cuenta la opinión de los técnicos, profesionales, padres y el interés general.
  1. El Ayuntamiento de ______ instará al gobierno regional a que reconvierta y modifique el actual borrador de decreto que regula el sector, para que se debata en la Asamblea Regional y sea una ley.

Y en las próximas semanas es lo que pasará en muchos ayuntamientos como por ejemplo Lorca con PSOE y IU-Verdes el próximo 22 de febrero.

Además, La Plataforma de Atención Temprana se reunió por videoconferencia, con la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, Isabel Franco, el pasado miércoles 17 de febrero, tras presentarle un escrito firmado por 29 asociaciones y Centros de la Región de Murcia, que rechazan el Decreto de Atención Temprana, y ofrecerle nuestro apoyo para sacar un nuevo decreto que sí gestione la Atención Temprana en la Región de Murcia de manera rápida y eficaz.

La Plataforma de Atención Temprana se reunirá también con los partidos políticos Podemos y VOX, para pedirles su apoyo.

Y por último, hasta ahora y con el fin de sensibilizar y mantener informados a todos los interesados en una AT Universal, gratuita y de Calidad, se han puesto en marcha redes sociales: Facebook: “Plataforma X una Atención Temprana, universal, gratuita y de calidad” Twitter: @Atencin Temprana y petición de firmas en change.org a través de este enlace: http://chng.it/B6XyVzqrJB.

Plataforma por una Atención Temprana universal, gratuita y de calidad - 1, Foto 1
Murcia.com