La Mesa Sectorial de Administración y Servicios alcanza un pacto por unanimidad sobre el desarrollo del teletrabajo

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Será necesario establecer un sistema de gestión del trabajo por objetivos y de asignación de tareas y esta modalidad se podrá ejercer un máximo en tres días a la semana

La Mesa Sectorial de Administración y Servicios alcanza un pacto por unanimidad sobre el desarrollo del teletrabajo

La Mesa Sectorial de Administración y Servicios de la Administración Pública de la Región de Murcia ha llegado a un acuerdo unánime entre la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital y todos los sindicatos con representación CCOO, FSES, UGT y CSIF, UGT- para el desarrollo del teletrabajo.

La directora general de Función Pública, Carmen María Zamora, indicó que "hemos llegado a un acuerdo de bases por unanimidad con los sindicatos para seguir desarrollando el teletrabajo, como ya empezamos a hacer en la Administración regional en 2015. Tras la situación excepcional que hemos vivido por la pandemia, se hacía necesario crear este marco para seguir mejorando el servicio al ciudadano y favoreciendo la conciliación familiar y laboral".

El acuerdo marco fija que será necesario el establecimiento de un sistema de gestión del trabajo por objetivos y de asignación de tareas, previa negociación con las organizaciones sindicales, que permita realizar un seguimiento, control y evaluación del trabajo desarrollado, determinando los objetivos a cumplir, así como los indicadores de medición que se utilizarán para su valoración.

Asimismo, el personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tendrá los mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, que el resto del personal que preste sus servicios en modalidad presencial, sin que puedan sufrir perjuicio en ninguna de sus condiciones de trabajo, incluyendo retribución, tiempo de trabajo, formación y carrera profesional.

Además, la modalidad de teletrabajo, en cómputo semanal, consistirá como máximo en tres días y la jornada de teletrabajo será la que corresponda a cada persona empleada pública de acuerdo con el calendario laboral y las instrucciones de jornada y horarios. También se establecerá la existencia de un horario fijo de disponibilidad y localización dentro de la jornada laboral, así como mecanismos de control del cumplimiento de jornada, como del fichaje, y seguimiento de la gestión y trabajos encomendados en los objetivos previamente fijados.

Acceso y equipamiento

Por otro lado, el acceso a la prestación de servicios mediante teletrabajo habrá de realizarse a través de convocatorias públicas de carácter periódico, como mínimo con carácter anual, o bien a través de sistemas de gestión permanente de solicitudes, que permitan el acceso en condiciones de igualdad. Además, la Comunidad Autónoma proporcionará a las personas que trabajen en esta modalidad un equipo informático y las aplicaciones, herramientas ofimáticas y de ciberseguridad necesarias para su actividad, así como formación específica en el uso de las herramientas técnicas, prevención de riesgos laborales, seguridad de la información y protección de datos en el teletrabajo.

Igualmente, el teletrabajo se aplicará a los puestos de trabajo susceptibles de ser desempeñados en esta modalidad, previa solicitud y autorización, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, y garantizando en todo caso la atención directa presencial a la ciudadanía y estará sujeta en todo caso a las necesidades del servicio. Además, se negociarán en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios los criterios generales para la determinación de los puestos de trabajo que pueden ser desempeñados mediante teletrabajo, en función de criterios organizativos y de las necesidades del servicio.

Finalmente, cabe reseñar que el acuerdo base alcanzado hoy no resultará de aplicación al personal destinado en establecimientos de servicios sociales, sanitarios, ni al que preste servicios en centros docentes o de apoyo a la docencia. Estos colectivos se regirán, en su caso, por su normativa específica en materia de teletrabajo.

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