El Pleno de la Asamblea Regional aprueba la Ley de Servicios Sociales de la Región de Murcia

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El Pleno de la Asamblea Regional aprueba la Ley de Servicios Sociales de la Región de Murcia

El Pleno de la Asamblea Regional ha aprobado el dictamen de la Comisión de Sanidad y Política Social al proyecto de ley de servicios sociales de la Región de Murcia. La votación ha arrojado un resultado de 41 votos a favor, dos en contra y una abstención. Han votado a favor los diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista, Popular, Ciudadanos, tres diputados del Grupo Vox (Juan José Liarte, Francisco José Carrera y María Isabel Campuzano) y dos diputados del Grupo Mixto (Juan José Molina y Ana Martínez Vidal). Han votado en contra María Marín y Rafael Esteban del Grupo Mixto, mientras que Pascual Salvador, del Grupo Vox, se ha abstenido.

El dictamen refleja que la elaboración de este proyecto normativo se ha caracterizado por un amplio proceso de participación y consenso social, basado en todo momento en el principio de transparencia, tanto en la fase de consulta pública como en el trámite de información y audiencia ciudadana, haciendo partícipe a una multiplicidad de actores tanto del ámbito de los servicios sociales como de otros sistemas de protección social.

La ley consta de once títulos y uno preliminar que establece el objeto de la ley; su ámbito de aplicación; elabora un elenco de definiciones precisas para la comprensión correcta del texto y define el sector de servicios sociales de la Región de Murcia, en el que se incluye el conjunto de servicios o prestaciones de titularidad pública o privada, dedicados a la promoción y el desarrollo pleno de las personas, la finalidad y objetivos del sistema de servicios sociales, como recursos de titularidad pública

Además el título preliminar de la ley fija los principios informadores de este sistema, entre los que destacan la igualdad efectiva, la universalidad, la unidad, la atención personalizada, la proximidad y la calidad; reconoce el derecho subjetivo a las prestaciones garantizadas y definen los titulares del derecho a los servicios sociales, asignándoles unos derechos y deberes; y prevé una reserva de denominación de las expresiones utilizadas en el texto.

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