Hacienda aborda con COAG-IR la supresión del impuesto de donaciones y sucesiones para los agricultores profesionales

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La Agencia Tributaria de la Región de Murcia pondrá en marcha medidas de medidas de simplificación en la tramitación de expedientes de transmisiones de explotaciones agrícolas prioritarias

Hacienda aborda con COAG-IR la supresión del impuesto de donaciones y sucesiones para los agricultores profesionales

El consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, Luis Alberto Marín, mantuvo este viernes un encuentro de trabajo con representantes de la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos-Iniciativa Rural de Murcia (COAG-IR Región de Murcia) en la que se abordaron asuntos de fiscalidad para los profesionales del campo, así como de simplificación administrativa.

En concreto,trataronla eliminaciónde todas las tasas a agricultores, ganaderos, transportistas y pescadores ya puesta en marcha con elPlan Ucrania, centrándose especialmente en la práctica supresión del impuesto de donaciones y sucesiones en el sector agrario regional. Además, se abordaron medidas de simplificación administrativa que va a realizar la Agencia Tributaria de la Región de Murcia para las transmisiones de explotaciones agrícolas prioritarias.

"Apoyamos a los profesionales del campo con medidas de moderación fiscal y simplificación administrativa para facilitar la sostenibilidad de su actividad productiva y generadora de empleo", indicó el consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital.

Cabe recordar que con el objetivo de facilitar la compra-venta de terrenos y para mejorar las estructuras agrarias y hacerlas más competitivas, rentables y viables, el Gobierno regional aprobó la bonificación al 99 por ciento para todas aquellas herencias o donaciones en las que el beneficiario sea un agricultor profesional. Esta medida puede beneficiar anualmente a 250 agricultores con un ahorro de 500.000 euros para este colectivo.

Asimismo, el Plan Ucrania recoge la bonificación del 99 por ciento del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, siempre que el adquirente o arrendatario sea agricultor profesional y mantenga dicha actividad al menos durante los cinco años siguientes.

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